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Desde el 3 de agosto no se entregarán más bolsas plásticas en ferias ni almacenes: conoce los detalles de la última etapa de la ley

Las multas por su entrega pueden alcanzar hasta los 250.000 pesos. Desde WWF señalan que una próxima etapa será eliminar los empaques plásticos de un solo uso.

(Cate Gillon/Getty Images)

El próximo 3 de agosto Chile vivirá un hito importante en materia de sustentabilidad. Terminará la implementación gradual de la Ley N°21.100 que prohíbe las bolsas plásticas de un solo uso en el comercio. Es decir, a partir de ese día, justo dos años después de la promulgación de la ley, tanto los almacenes de barrio, ferias libres y pymes, no podrán entregar estos elementos a sus clientes.

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Con esto, se completa el proceso para erradicar dicho elemento de todo uso comercial en el país. Susan Díaz, directora de Comunicaciones de WWF Chile y coordinadora de la campaña Reduce +, destaca que «ha sido un proceso de dos años, en donde hemos tenido que reeducarnos con respecto al como transportar nuestros productos».

Hemos adquirido el hábito de llevar nuestra propia bolsa

«Como consumidores y ciudadanos conscientes hemos rechazado bolsas innecesarias, y además hemos adquirido el hábito de portar nuestras propias bolsas reutilizables para llevar nuestras compras, preparándonos para esta etapa donde los pequeños negocios y ferias, también entran a la norma”, agregó.

Cabe destacar que, antes de la implementación de esta ley, se utilizaban cerca de 3.500 millones de bolsas plásticas al año. La vida útil de un alto porcentaje de estos elementos, no superaba los 30 minutos. En contraste con esta cifra: podían tardar hasta 400 años en degradarse. Pero aún quedan muchas tareas pendientes respecto al uso de plásticos.

Próximo paso: eliminación de empaques plásticos de un sólo uso

Desde WWF, Díaz añade que esperan nuevas medidas complementarias, «como la reciente aprobación en el Senado del proyecto que limita los plásticos de un solo uso en negocios de alimentos, fomenta la reutilización y también regula las botellas plásticas desechables». ¿Estará el país listo para medidas de este tipo? En los últimos años, varios emprendimientos e incluso marcas reconocidas, se han sumado a instancias de «relleno» de contenedores.

Proyectos como «Al Gramo» han ofrecido alternativas de productos con un descuento en base a la reutilización del recipiente. En Europa, hay varios casos de supermercados con sellos especiales enfocados a productos con empaques ecológicos. La eliminación de la bolsa plástica puede considerarse como una «primera etapa».

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Implementación de la ley

El 3 de agosto de 2018 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.100 que prohibió la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional, con el objetivo de reducir su uso y disminuir la contaminación generada por este material sobre el medio ambiente.

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La normativa contempló una implementación gradual según el tipo de empresa. Cumplidos 6 meses, desde su promulgación (3 de febrero de 2019) las grandes empresas, entre las que se encuentran los supermercados y el retail, dejaron de entregarlas. Y desde el 3 de agosto de este año, deberán dar cumplimiento a esta normativa microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, como almacenes de barrio, pymes y pequeños negocios o ferias libres cumplidos los 2 años acordados como plazo para este segmento.

Se excluye de la anterior prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de  alimentos.

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Hasta 250.000 pesos de multa por bolsa entregada

De acuerdo a la normativa, “son microempresas aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario; pequeñas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no exceden de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario, y medianas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 25.000 unidades de fomento y no exceden las 100.000 unidades de fomento en el último año calendario”.

En cuanto a la fiscalización de las obligaciones mencionadas, corresponderá a las municipalidades. Asimismo, su incumplimiento será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco unidades tributarias mensuales (5 UTM = 250.000 pesos aprox.) por cada bolsa plástica de comercio entregada. Para la aplicación de dichas multas será considerado el número de bolsas plásticas entregadas, la conducta anterior del infractor y la capacidad económica del infractor.

 

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