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Diputado Ilabaca y votación por segundo retiro: “Estamos muy esperanzados de darles buenas noticias a Chile”

El parlamentario del PS señaló sobre el segundo retiro del 10% de las AFP que “esperamos, y así lo hemos sondeado, vamos a tener los votos suficientes para que se apruebe en general”.

El diputado Marcos Ilabaca (PS) se refirió al segundo retiro del 10% de los fondos previsionales, asegurando que se trata de “un bien para los ciudadanos del país”.

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“Esperamos, y así lo hemos sondeado, vamos a tener los votos suficientes para que se apruebe en general”, dijo Ilabaca, agregando que “por lo menos tenemos 7 votos».

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“Por lo tanto, esperamos tener más de 7 votos en la Comisión de Constitución para que pasemos rápidamente a discutirlo en particular”, acotó Ilabaca.

En esa línea, el legislador socialista agregó que “estamos muy esperanzados de darles buenas noticias a Chile, en orden a que puedan retirar sus fondos para poder enfrentar uno de los momentos más duros en la historia de nuestro país”.

Sobre la postura del Ejecutivo al respecto, el diputado dijo que “lamentablemente como ha sucedido en el último tiempo los anuncios del Gobierno no se traducen en nada. Hoy día no existe ninguna iniciativa respecto de esta materia”.

“Le hace muy mal al proceso legislativo que el Gobierno se ausente y se ponga en la vereda del frente a desprestigiar, a lanzar piedras”, añadió Ilabaca, pidiendo una actitud más “colaborativa” por parte del Ejecutivo.

Segundo retiro: ¿Qué se votará este martes?

Durante la sesión de la comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados se votarán los siguientes proyectos:

  1. Proyecto refundido que modifica la Carta Fundamental para establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales.
  2. Proyecto refundido que modifica la Carta Fundamental para permitir el retiro excepcional de fondos acumulados en compañías de seguros, bajo la modalidad de rentas vitalicias.
  3. Proyecto refundido «Modifica la Carta Fundamental para facultar al Juez de Familia a autorizar el retiro de fondos de pensiones del alimentante moroso, por parte del alimentario o su representante legal en calidad de agente oficioso».

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