Desde el 8 de septiembre, comenzó a funcionar la portabilidad financiera, que se traduce en que los clientes del sistema financiero tienen la opción de llevar o “portar” sus créditos, tarjetas y cuentas a una institución financiera distinta a la que originalmente escogieron, y con ello conseguir tasas de interés y condiciones que les sean más convenientes.
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Esta nueva opción que tienen los consumidores chilenos de trasladar sus productos o servicios financieros a otro banco o institución es conceptualmente muy similar a la portabilidad numérica de la industria telefónica, implementada hace ya varios años en el país. Sin embargo, dada la naturaleza de los productos y servicios sobre los cuales recae, la portabilidad financiera no funciona de igual modo que aquella que permite a las personas cambiar de prestador de servicios telefónicos sin mayor trámite.
Un ejemplo de estas diferencias es que en el caso de la portabilidad financiera, la nueva institución, a la cual una persona quisiera trasladar algún producto o servicio, podría solicitarle mayor información para evaluar su capacidad de pago e historial crediticio, e incluso, tras este análisis, podría informarle no tener una oferta disponible para que pueda portarse.
¿En qué consiste la portabilidad financiera?
Con la portabilidad financiera, tanto las personas como las micro y pequeñas empresas podrán cambiarse de proveedor de productos y servicios financieros.
Pueden portarse las cuentas vista, cuentas corrientes, líneas de crédito, tarjetas de crédito y débito, créditos de consumo, créditos hipotecarios y créditos automotrices. Los productos o servicios de inversión o ahorro no se entienden como “productos o servicios financieros” y por ello, no podrán portarse.
¿A qué instituciones financieras se refiere la portabilidad financiera?
La portabilidad financiera aplica a los bancos, las compañías de seguros, los agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables, las cooperativas de ahorro y crédito, los emisores de tarjetas, las cajas de compensación y las instituciones que colocan fondos de manera masiva (por ejemplo, empresas que otorgan créditos automotrices).
¿Qué debo hacer para cambiarme de institución financiera?
Para cambiarse, lo primero que se debe hacer es solicitar en tu actual institución financiera un certificado de liquidación. Este documento es gratuito y contiene la información de todos los productos contratados, junto con la tasa y comisiones aplicables a los mismos y el valor que debe desembolsarse para prepagar cada uno de los créditos. Este certificado se puede pedir directamente al proveedor financiero vigente o a través de una solicitud de portabilidad a los proveedores con quienes se quiere cotizar.
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Con este documento, el cliente realiza la solicitud de portabilidad financiera, buscando obtener condiciones y servicios más favorables. Es importante mencionar que el cierre de este proceso debe ser sencillo para el usuario, ya que es la nueva institución financiera la que tendrá que hacerse cargo de comunicar la orden de cierre a la entidad anterior.
En el caso de la portabilidad de créditos con garantías, como son los casos de hipotecarios y automotrices, se utiliza la figura de la subrogación. Esto significa que, al momento del pago de la deuda, la garantía que caucionaba al producto financiero (por ejemplo, la hipoteca en el caso de créditos hipotecarios), pasará automáticamente a garantizar el nuevo crédito, en beneficio del nuevo proveedor. De esta forma, el nuevo crédito “subroga” al crédito que se paga, pero la garantía se mantiene. Esto contribuye a que bajen sustantivamente los costos monetarios y de tiempo asociados a la constitución de nuevas garantías.
¿En qué fijarse al momento de “cotizar” un cambio de institución?
El nuevo proveedor financiero evaluará al cliente que solicite la portabilidad y emitirá una oferta con los productos y condiciones con una vigencia de a lo menos siete días hábiles bancarios. Es importante mencionar que el nuevo proveedor no está obligado a realizar una oferta al cliente, ya que cada entidad financiera cuenta con exigencias y políticas de análisis de riesgos propias, que aplican antes de aceptar a un nuevo cliente.
De concretarse, la oferta de la nueva institución, ésta deberá contemplar el o los productos o servicios financieros que se ofrezcan, montos, carga anual equivalente (CAE) y costo total del crédito. Estos son los elementos que se deben comparar para elegir la opción más conveniente. Recuerda que pagarás menos entre más baja sea la carga anual equivalente y costo total del crédito.
Si la persona acepta las condiciones ofrecidas por la nueva entidad, se otorga un “mandato de término” para que el nuevo proveedor financiero pueda, en nombre del cliente pagar los productos que tiene contratados y solicitar el cierre de los productos. El nuevo proveedor tiene seis días hábiles bancarios para pagar saldos pendientes y requerir el cierre de los productos.
En el caso de los créditos hipotecarios, el nuevo proveedor financiero tendrá 30 días hábiles bancarios para solicitar la inscripción de la subrogación en el Conservador de Bienes Raíces competente.
¿Cómo puede ayudar la portabilidad financiera al bolsillo?
La portabilidad financiera aumentará la competencia en el mercado, lo cual debería reflejarse en caídas en los costos de administración y rebajas en las tasas de interés ofrecidas en los créditos. También debiera reducirse el tiempo para realizar trámites de cambio de institución financiera. En el caso de las pequeñas y medianas empresas, también se reducirán los costos de financiamiento.
Como recomendación, revisa en qué etapa está la deuda que deseas portar. Si la antigüedad del préstamo es menor al 25% del plazo total (por ejemplo, cinco años de 20), es conveniente evaluar la portabilidad ya que se ha pagado poco interés y muy poco capital. Si por el contrario tienes un crédito hipotecario a 20 años y llevas pagados 15, es muy probable que no consigas mejorar tus condiciones significativamente. De todos modos, no pierdes nada con cotizar.