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Un café para el sindicato: Starbucks indemnizará a trabajadores suspendidos durante la pandemia

El Segundo Juzgado determinó que Starbucks debe indemnizar a los trabajadores que fueron sometidos a la Ley de Protección del Empleo.

Luego de la intervención del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la empresa Starbucks indemnizará a cerca de 700 trabajadores, sometidos a la Ley de Protección al Empleo desde abril pasado.

El acto fue calificado como ilegal por el sindicato de la transnacional durante el mes de mayo, argumentando que la medida había sido unilateral y sin previo acuerdo con los trabajadores.

Aunque la empresa cafetera había señalado anteriormente que había actuado apegada a la ley, terminó aceptando un acuerdo dispuesto por el Tribunal, que contempla diez cláusulas compensatorias.

Entre las medidas, la entidad compensará a los más de 700 socios del sindicato que fueron suspendidos mediante un pago indemnizatorio cuyo monto se ha mantenido bajo reserva oficialmente.

Sin embargo, según la declaración pública del Sindicato Starbucks, el monto contemplará “una indemnización equivalente al 40% de las remuneraciones que Starbucks dejó de pagar durante la suspensión laboral. Concretamente, a la gran mayoría, se les pagará cerca de 3 remuneraciones”.

Con un café sobre la mesa de trabajo para negociar

Asimismo, la empresa se comprometió a la instauración de una mesa de trabajo que permitirá evaluar en conjunto los reintegros de trabajadores, así como condiciones comunes de trabajo, medidas de higiene y seguridad.

Además, en el futuro toda suspensión laboral será de mutuo acuerdo y contará con el Sindicato como ministro de fe.

Tras el resultado del litigio, Andrés Giordano, presidente del Sindicato Starbucks, señaló que el hecho de que «la compañía diera pie atrás con estas medidas y que compensara las remuneraciones de las y los trabajadores, demuestra que hicimos lo correcto al denunciar estas suspensiones como ilegales. Tanto Starbucks como otras empresas en el sector de la comida rápida, abusaron de una mala legislación para ajustar sus dotaciones pese a mantenerse funcionando”, aseguró el sindicalista.

La versión de la empresa

Alsea, la empresa que opera Starbucks en Chile, entregó la siguiente versión sobre el acuerdo alcanzado con el Sindicato: «Este acuerdo contempla, entre otros aspectos, deberes y derechos para ambas partes, mesas de trabajo e instancias conjuntas de colaboración y opinión, además de regular el uso de la marca Starbucks para evitar vincularla a cualquier objetivo político partidista de parte del sindicato, estableciéndose normas más claras y estrictas que permitan proteger a sus colaboradores y resguardar el uso de la imagen de la marca».

En la misma línea, la compañía estableció que «en tiempos económicos y sociales muy complejos para Chile y el mundo, la compañía ha querido dar un paso importante al materializar este acuerdo como una manera concreta de facilitar el trabajo de todos sus colaboradores, evitando fricciones o desacuerdos entre la empresa y el sindicato, y fijando la mirada en un mejor futuro para todos».

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