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Fallo histórico de la Corte Suprema ordena a isapre cubrir cirugía de reconstrucción corporal de una mujer transexual

La isapre se había negado a financiar la operación porque “la identidad de género no constituye una enfermedad”, según expresó.

La Tercera Sala de la Corte Suprema ordenó hoy, por tres votos contra dos, que la Isapre Colmena Golden Cross brinde cobertura para las cirugías de readecuación corporal de una mujer transexual, de 54 años, quien requería una genitoplastía feminizante y una reconstrucción corporal y facial feminizante.

La decisión tuvo los votos afirmativos de los ministros Ángela Vivanco, Sergio Muñoz y el abogado integrante, Álvaro Quintanilla. En contra, se manifestaron la ministra María Angélica Repetto y el abogado integrante Ricardo Abuauad.

La isapre había justificado su negativa en que «la identidad de género no constituye una enfermedad», por tanto, no cabría dentro de las posibilidades de una cobertura «un procedimiento de carácter estético, la cual no cumpliría con los parámetros dispuestos por el ministerio de Salud».

No obstante, el fallo del máximo tribunal estableció que a diferencia de lo expresado por la institucion previsional de salud, las cirugías de reasignación sexual no constituyen una necesidad de carácter estético con fines de embellecimiento, sino que son «una intervención, que en términos jurídicos, debe ser considerada como relevante y un reflejo, por un lado, del deber del Estado de garantizar y asegurar la no discriminación de las personas transexuales y, por otro, el ejercicio que éstas hacen de los derechos fundamentales de la igualdad ante la ley y el de protección a la salud”.

Fallo de la Corte es histórico para el Movilh

Además, la Justicia añade en el texto que “la negativa de la Isapre recurrida para proporcionar a la recurrente la cobertura solicitada para la realización de las cirugías de genitoplastía feminizante y la de implantes mamarios dispuesto por los médicos tratantes, carece de razonabilidad».

Luego precisa que «la exegesis relativa a las normas que se refieren a las garantías constitucionales, deben ser siempre interpretadas en beneficio de las personas cuya salud se encuentra afectada, más aun si se tiene presente, que su costo no altera las condiciones pactadas respecto de las prestaciones de salud en el respectivo contrato»

Para el encargado de derechos humanos del Movilh, Ramón Gómez, quien asesoró a la afectada, la decisión de la Suprema constituye “un fallo histórico, que refuerza uno similar que ganamos en la Corte Suprema en marzo del 2020 a la misma Isapre, la cual consideraba a la transexualidad como una enfermedad. Luego de que ganamos ello, quisieron en este segundo caso decir que ahora porque no era enfermedad, entonces no podían costear las cirugías de cambio corporal, todo lo cual demuestra el oportunismo y la transfobia de esta Isapre, lo que finalmente fue superado en beneficio de la dignidad humana».

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