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Justicia condena a médico cirujano a pagar $762 millones por negligencia en Antofagasta

El facultativo deberá pagar una millonaria indemnización a una paciente que presentó serias complicaciones post operatorias producto de una intervención de una manga gástrica.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a un médico cirujano a pagar una indemnización total de $762.599.429 por actuar negligente en una cirugía bariátrica, practicada en 2012, que presentó serias complicaciones post operatorias que no fueron advertidas y que derivaron en la jubilación anticipada por invalidez de la demandante.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada revocó la resolución impugnada, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Antofagasta, y en su lugar acogió la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual del médico Carlos Olivares Mardones.

¿Qué dice el fallo?

Según el fallo, «los hechos acreditados permiten establecer que el médico demandado infringió los deberes de tratamiento y cuidado que pesaban sobre él, toda vez que, pese a las varias filtraciones ocurridas durante la intervención quirúrgica de manga gástrica, y a que la dehiscencia (apertura de la herida) es una complicación de común ocurrencia en las cirugías bariátricas, situación que, según el perito médico, hacía prever un alto riesgo de filtraciones de líquidos gástricos a la cavidad abdominal, el médico demandado no instaló los drenajes para detectarlas conforme aconsejaban los conocimientos médicos disponibles«.

Agrega que a pesar de síntomas como náuseas, regurgitaciones y vómitos biliosos explosivos, «dio el alta a la paciente al segundo día del postoperatorio, sin practicar una radiografía con medio de contraste que habría revelado tempranamente la dehiscencia, evitando todas las complicaciones posteriores derivadas de un diagnóstico tardío, técnica que también aconsejaban los conocimientos médicos».

La resolución añade que «si el facultativo demandado hubiere aplicado los tratamientos que la lex artis ad hoc o la experticia médica bariátrica indicaban como más adecuados a la situación y condición de la paciente, habría evitado la ocurrencia de todas complicaciones posteriores -peritonitis, insuficiencia renal, fístulas, desnutrición, problemas cognitivos comunicativos, disfonía-, que provocaron, en definitiva la pérdida casi total de la capacidad laboral de la demandante a los 43 años de edad, obligándole a jubilar por invalidez».

Como consecuencia, la demandante Marisol Reyes Figueroa, sufrió daños físicos y debió someterse a múltiples intervenciones quirúrgicas para superar las complicaciones de salud causadas por la falta de diligencia del médico, las que, a los menos, duraron cuatro años después de cometido el hecho negligente o culposo.

Asimismo, dichas complicaciones le causaron secuelas permanentes que mermaron su capacidad laboral provocando su invalidez a los 43 años; también sufrió daños patrimoniales, en primer término, daño emergente pues debió asumir los costos económicos de las intervenciones quirúrgicas y tratamientos para superar las complicaciones antedichas, que fueron innumerables y se extendieron por varios años, y en segundo término, perdió su legítima expectativa de percibir los ingresos patrimoniales derivados del ejercicio de su profesión u oficio, debido a la jubilación prematura.

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