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Dejaron sin ribera el río Cachapoal: multa por daño medioambiental de casi $1.500 millones a empresa de áridos

Sanción de la Superintendencia de lMedio Ambiente por incumplimiento de la normativa en extracción de material desde el río de la Región de O’Higgins.

ATON referencial

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) finalizó un procedimiento sancionatorio contra la empresa Áridos Cachapoal, por incumplimientos a su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) en sus faenas de extracción en la ribera del río Cachapoal en la Región de O’Higgins, y le aplicó una millonaria multa.

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La sanción monetaria aplicada es de 2.379 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $1.440 millones, e incluye tres cargos leves y uno grave, el cual se relaciona con la extracción de más de un millón y medio de metros cúbicos de áridos sin contar con una resolución ambiental que lo aprobara.

Esta falta grave afectó a una superficie 2,7 veces mayor a la autorizada dentro del lecho del río, generando impactos negativos de magnitud y extensión al medio ambiente.

Luego de recibir una denuncia contra este proyecto, la SMA realizó actividades de fiscalización con profesionales de esta Superintendencia junto a funcionarios de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) y la Dirección de Aguas (DGA), todos de la Región de O’Higgins, en distintas ocasiones.

Suspensión de atividad extractiva en el Cachapoal

En abril de 2018, previa autorización del Tribunal Ambiental, se detuvo el funcionamiento de toda actividad extractiva, entre otras acciones, por un plazo de 2 meses, el cual fue extendido por un mes más, considerando una serie de acciones que la empresa debía tomar para eliminar la causa que generaba el riesgo y corregir o restablecer la normalidad de las condiciones naturales del cauce del río Cachapoal.

Posteriormente, la empresa presentó un plan de cumplimiento, el cual fue rechazado por la SMA, debido a que no cumplía con los requisitos para ello. Luego, realizó sus descargos, los cuales se tuvieron en cuenta al momento de fijar la sanción, absolviendo a la empresa de un cargo que decía relación con realizar faenas de extracción fuera del horario autorizado, pues no se configuró la infracción imputada.

El proyecto consiste en la extracción de 300 mil metros cúbicos al año como máximo de áridos y arena del cauce del río Cachapoal, por un período de 10 años. Las faenas extractivas y de molienda, de acuerdo con lo regulado, deben encontrarse emplazadas en el cauce de dicho río, entre los puentes Cachapoal Ruta 5 Sur y Cachapoal Carretera Panamericana, pertenecientes a la comuna de Olivar, Región de O’Higgins.

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