Ya son 14 años los que cumple entrampada en el Congreso, la iniciativa que endurece la ley de expendio, comercialización y promoción de bebidas alcohólicas. Pero el proyecto fue votado este lunes en la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados.
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Dentro de las normativas está la prohibición de venta en «estaciones de servicio o bombas de bencina, salvo que en ellas existieran establecimientos o restaurantes que cuenten con patente que permita su venta».
Las normativas
Por otro lado, el artículo primero concentró gran parte de los temas controversiales. Entre sus normas se definen las exigencias de etiquetado de toda bebida alcohólica de graduación, igual o mayor a un grado, que esté destinada a su comercialización en Chile. El Senado detalló más la disposición, lo que fue valorado por Salud, pero refutado por Agricultura. El cambio fue rechazado.
Tampoco había consenso sobre una condicionante que planteaba la Cámara para que rotaran, al menos, cada dos años, oraciones complementarias a la advertencia de que “Beber en exceso daña su salud y puede dañar a terceros”. Las mencionadas frases son: “La mujer embarazada no debe beber alcohol”, “El consumo de alcohol limita su capacidad para conducir” y “El consumo de alcohol en menores daña su desarrollo físico e intelectual”.
En igual línea se rechazó una nueva disposición que precisa que, en los envases, adicionalmente, se deberá adherir o contener impreso una advertencia gráfica que muestre un auto, una mujer embarazada o un número 18 rodeados cada uno por una circunferencia, en conformidad a las oraciones recién señaladas.
De esta forma, el proyecto pasa a comisión mixta, donde deberán resolverse las diferencias entre el Senado y la Cámara de Diputadas y Diputados.