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Los detalles del Permiso de Vacaciones: ¿Cómo, cuándo y dónde se pide?

Este documento, que se podrá solicitar a través de la Comisaría Virtual, estará vigente desde el 4 de enero hasta el 31 de marzo y será entregado una sola vez.

Aton

Este miércoles, el Ministerio de Salud y la Subsecretaría de Turismo dieron a conocer el nuevo permiso para vacaciones, que permitirá el traslado interregional a habitantes de comunas que se encuentren en Fase 2 hacia adelante, siempre en el marco del Plan Paso a Paso.

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¿Quiénes pueden pedir este Permiso de Vacaciones?

Las personas podrán solicitar este documento, por una sola vez, entre el 4 de enero del 2.021 y el 31 de marzo del 2021, desde sectores o localidades que se encuentren en Paso Transición (Paso 2), hacia sectores o localidades que se encuentren en Pasos Transición, Preparación, Paso Apertura Inicial o Paso Apertura Avanzada (Pasos 2, 3, 4 y 5) o viceversa. Este permiso no se otorgará para el traslado interregional desde o hacia sectores o localidades que se encuentren en Paso Cuarentena (Paso 1).

Además, este permiso autoriza, exclusivamente, para trasladarse al destino indicado por el solicitante, en la fecha señalada. El desplazamiento del lugar de origen al de destino, deberá realizarse en un máximo de 48 horas desde la hora de salida establecida en el permiso emitido y podrá ser solicitado por una persona que fungirá como titular del mismo, debiendo incorporar sus datos personales y los de todos sus acompañantes menores de 14 años. Los mayores de 14 años de deberán solicitar el documento de manera independiente.

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¿Qué no se puede hacer?

Asimismo, no se autoriza el desplazamiento en horarios toque de queda, aunque permite el traspaso de cordones sanitarios.
Para el traslado de vuelta al lugar de origen, concluidas las vacaciones, el usuario deberá ingresar con su clave única o clave de usuario de Comisaría Virtual y solicitar la emisión de un permiso para dicho desplazamiento. La autorización será otorgada teniendo como lugar de salida, el lugar de vacaciones señalado y como destino, el domicilio que el solicitante haya ingresado previamente.

Para dicho permiso de vuelta, aplicarán las reglas establecidas que están vigentes en el Instructivo de Desplazamiento que estará disponible a partir del jueves 31 en www.gob.cl/coronavirus

Este permiso no afecta la validez ni condiciona el derecho a solicitar otros establecidos en Comisaría Virtual.

En ningún caso podrá obtener este permiso una persona que se encuentre en los registros de covid-19 activos que mantiene la autoridad sanitaria y todas aquellas personas sujetas a medidas de aislamiento obligatorio en virtud de la Resolución Exenta N°591 de 2020 y sus modificaciones posteriores.

Durante el desplazamiento, de ida o vuelta, las personas no podrán descender del medio de transporte en que se realiza el traslado hasta llegar a su destino, con excepción de las estaciones de servicio, lugares de expendio de alimentos o para pernoctar.
Junto con este permiso, siempre se necesitará el pasaporte sanitario vigente, que debe ser solicitado en www.c19.cl. Es obligación contar con ambos documentos.

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