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Contralorito dio el check: luz verde a polémica solicitud de RUT de cotizantes que retiraron el primer 10% de las AFP

Contraloría y el CPLT plantearon que el requerimiento de información de Hacienda a la Super de Pensiones “se ajustó plenamente a sus atribuciones legales”.

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Aunque género gran revuelo que el ministerio de Hacienda solicitara a la Superintendencia de Pensiones detalles respecto de los cotizantes que retiraron el primer 10%, tanto Contraloría como el Consejo para la Transparencia estimaron que el requerimiento de información y la resolución se ajustan a la norma.

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Así lo dio a conocer la jornada de este martes la Super de Pensiones en un comunicado, donde se detalla que tras una revisión exhaustiva de los antecedentes solicitados, «tanto la Contraloría General de la República (CGR) como el Consejo para la Transparencia (CPLT) concluyeron en sus respectivos pronunciamiento que la decisión de la Superintendencia de Pensiones de acceder a dicha solicitud se ajustó plenamente a sus facultades legales, con lo cual queda de manifiesto que el servicio actuó de manera diligente o dando cumplimiento a lo que establece la normativa vigente.

En el caso del Consejo para la Transparencia, de acuerdo al Oficio N° 000015 de fecha 22 de enero de 2021, hace presente la declaración, «el organismo planteó que según los antecedentes tenidos a la vista y sus explicaciones, la información solicitada resultó consistente ‘con los objetivos legítimos perseguidos'».

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Sin perjuicio de esto, el ente consultado sostuvo que no le corresponde calificar la pertinencia técnica relativa a aspectos puntuales de la información recabada, ni el mérito u oportunidad de la solicitud en cuestión, «reconociéndose por tanto a los órganos técnicos una mejor posición y capacidad para determinar los parámetros requeridos, mientras ellos respeten plenamente los mandatos constitucionales y legales».

En su opinión, «los órganos técnicos son los encargados de evaluar en concreto las formas precisas que pueden adoptar algunos aspectos técnicos específicos dentro del marco de los fines buscados con el tratamiento, siempre dentro del marco de las exigencias y principios orientadores en materia de protección de datos personales».

En tanto, la Contraloría General señaló, según lo expuesto por la SP, que según lo dispuesto tanto en la Ley N° 19.628 como en la Ley N° 20.403, el Ministerio de Hacienda se encuentra facultado para requerir de otros organismos públicos los datos personales y la información asociada al ámbito previsional que posean para el ejercicio de sus funciones, «adoptando los resguardos necesarios para asegurar la reserva de la información y su correcta utilización en el marco de la órbita de competencia del órgano».

«En atención a lo expuesto, no se advierte irregularidad en el actuar del Ministerio de Hacienda, sin perjuicio de reiterar el deber de las autoridades y funcionarios de ejercer las prerrogativas que el ordenamiento jurídico les confiere solo para fines estrictamente institucionales», concluyó el órgano contralor.

Teniendo en cuenta aquello, la Superintendencia valoró las exposiciones, reiterando a la ciudadanía «que tenga certeza absoluta respecto de la seriedad y estricto apego a la normativa y legislación vigente con que como servicio público responde a cada requerimiento o solicitud que recibe formalmente».

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