Esta jornada la Corte Suprema informó que resolvió rechazar los recursos de casación deducido por las defensas en contra de la sentencia que condenó a siete exagentes de Estado por su responsabilidad en los delitos de lesa humanidad ocurridos durante la dictadura de Pinochet en el centro de detención de Pisagua, en septiembre y octubre de 1973.
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Se trata del secuestros calificados de Michel Nash Sáez, Jesús Cañas Cañas y Juan Jiménez Vidal; y del homicidio calificado de Marcelo Guzmán Fuentes, Juan Calderón Villalón, Luis Lizardi Lizardi, Julio Cabezas Gacitúa, Julio Córdova Croxato, Mario Morris Barrios, Humberto Lizardi Flores y Juan Valencia Hinojosa.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y los abogados (i) Diego Munita y Ricardo Abuauad– ratificó la sentencia que condenó al coronel de Ejército en retiro Sergio Benavides Villarreal y el mayor de carabineros en retiro Manuel Vega Collao a presidio perpetuo como autores de los delitos.
En tanto, los miembros del Ejército en retiro, Roberto Ampuero Alarcón, Gabriel Guerrero Reeve y Arturo Contador Rosales, deberán pagar con 10 años de presidio, como autores de los tres delitos de secuestro calificado y por los homicidios calificados de Marcelo Guzmán Fuentes, Juan Calderón Villalón y Luis Lizardi Lizardi. Sergio Figueroa López cumplirá una pena de 12 años de presidio por los mismos hechos.
Finalmente, Miguel Aguirre Álvarez fue condenado a la pena de 10 años y un día de presidio, por su responsabilidad en los tres secuestros calificados, ilícitos perpetrados a partir del 29 de septiembre de 1973.
El máximo tribunal descartó error de derecho en el fallo atacado, dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago, el 29 de marzo de 2018, que condenó a los exagentes del Estado.