Este caso partió en 2007. El jefe en una comisaría en Paraná (Argentina) le ordenó a una subalterna que fuera a trabajar “en minifalda y colaless”, según publicó Infobae este jueves 8. El acto le significó al jefe policial y al estado de Entre Ríos una multa de 1,2 millones de pesos argentinos ($9 millones chilenos) porque ahora en 2021 la justicia estimó que en este acto existió “violencia de género laboral y sexual”.
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El dictamen fue resuelto, en voto de mayoría 2 a 1, por la Cámara en lo Contencioso Administrativo 1 de Paraná. Los jueces de la mayoría resolvieron que la petición de la que fue víctima la hoy exagente le causó “incapacidad sobreviniente, pérdida de chance, daño moral y daños patrimoniales”. Ella debió consumir “medicamentos y un tratamiento psicológico”.
El tribunal aplicó las normas de la ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres..
Increíblemente, uno de los magistrados discrepó de este razonamiento. Afirmó lo siguiente: esta orden “fue impartida con igual sentido para ella y sus compañeros varones (…) El componente psicológico preexistente disparó la denuncia”. De todas maneras, este fallo se impone al de primera instancia que ya había dictado otro tribunal de la provincia de Entre Ríos.
Fue una petición escrita
Hay otros elementos que rodean la petición. El autor lo hizo mediante una nota escrita y firmada por él. Le dijo que al día siguiente de recibir la carta ella debía presentarse “en minifalda y colaless, bien afeitada y perfumada (…) Iba a pasar revista del cumplimiento” antes de que pueda tomar el servicio, según se indicó. La mujer dijo que el hombre también le había ofrecido pasarla a buscar a su casa para ir al trabajo
La mujer puso una denuncia, tres meses después de recibir la carta.
Era que no, el denunciado lo negó todo. Dijo que la mujer estaba “hace tiempo afectada psíquicamente, es mentirosa, fantasiosa y vive en un mundo alejado de la realidad”. Más aún, dijo que el mensaje fue “una broma de mal gusto entre compañeros de trabajo”. Se quejó que ella actuó de forma “artera y de mala fe”, porque realizó al denuncia “recién tres meses después de ocurrido”.
Entre los tres jueces que resolvieron sólo había una mujer. Esta consideró que la falta de consentimiento de la víctima “ha quedado demostrada” y destacó que la exagente se sometió a “innumerables instancias en las que mantuvo firmemente su versión de los hechos, que incluyó la expresión contundente del desagradado, malestar y daño que lo vivido le provocó”.