Cuando una persona muere, todo el dinero que tenía, ya sea en una AFP o en el antiguo sistema, generan una pensión de sobrevivencia para cónyuge e hijos. Los requisitos que debes cumplir para obtener este beneficio varían y te contamos los requisitos, los documentos que necesitas y dónde hacerlo.
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Requisitos:
Si la persona que falleció estaba afiliada a alguna de las AFP:
- Ser cónyuge sobreviviente. Si el fallecido no estaba jubilado, basta con seis meses de matrimonio. Si el fallecido ya estaba pensionado, se requiere de tres años de matrimonio como mínimo para que puedas optar al beneficio.
- En caso de hijos, se deben cumplir uno de los siguientes requisitos: ser menor de 18 años; ser mayor de 18 y menor de 24 años, acreditando que está cursando estudios; estar declarado inválido.
- La ley también incluye a convivientes civiles, existiendo pacto de unión civil celebrado al menos un año previo a la defunción.
Si la persona estaba afiliada al antiguo régimen:
- El o la cónyuge de la persona fallecida accederá a un monto de dinero mensual, permanente y de por vida.
Documentos que se requieren
- Fotocopia de la cédula de identidad vigente.
- Solicitud de pensión de sobrevivencia.
- Declaración jurada simple de los beneficiarios de la pensión de sobrevivencia.
- Solicitud de cálculo del bono de reconocimiento.
- Declaración jurada simple que indique que el titular no tiene derecho a bono de reconocimiento.
- Poder notarial, si el trámite lo realiza el apoderado.
- Certificado de estudios de los hijos.
- Informe social para confirmar que el sobreviviente vivía a expensas del titular.
- Parte policial.
- Declaración jurada simple que indique las circunstancias del fallecimiento del titular.
Dónde hacer el trámite
- Este trámite lamentablemente no puede ser realizado desde casa, de forma online, así que debes acercarte a la AFP o a ChileAtiende, según a que entidad pertenecía la persona fallecida.