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Solicitudes de anticipo de rentas vitalicias parten el lunes

La Comisión para el Mercado Financiero informó que ya emitió el instructivo a las aseguradoras. Busca privilegiar los pedidos por internet.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) emitió este viernes el instructivo que regulará el anticipo de pensiones de las rentas vitalicias. Este retiro se encontraba considerado en la ley para el tercer retiro del 10% de las AFP que fue aprobado el viernes de la semana pasada por el Congreso.

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Se estima que el retiro anticipado de rentas vitalicias toca a unos 700 mil pensionados.

Según informó durante esta tarde la CMF, les instruyó a las compañías de seguros de vida qué medidas deben tomar para empezar a recibir solicitud a partir de las 9 AM de este lunes 3 de mayo. Por eso, las aseguradoras tendrán que habilitar en sus sitios web un acceso que permita solicitar el anticipo.

De acuerdo con un comunicado de prensa, la CMF requirió a las aseguradoras reforzar sus canales de atención -privilegiando los medios remotos- para informar a los asegurados los alcances de la ley, la forma en que pueden solicitar el anticipo, el efecto que dicho adelanto tendrá sobre el monto de su pensión futura y resolver oportunamente las consultas.

Requisitos del pensionado

Para poder solicitar el anticipo, el pensionado deberá informar nombre completo, número de cédula de identidad y serie o número de documento, domicilio completo, teléfono y correo electrónico, además de las respectivas instrucciones de llenado. En la misma solicitud se deberá informar que el anticipo se pagará por la misma vía que regularmente se paga la pensión.

Una vez realizada la solicitud, la aseguradora deberá notificar al pensionado su recepción, a través de los medios de contacto (correo electrónico y teléfono) que estén registrados previamente en sus bases de datos, además de aquellos medios de contacto que puedan haber sido informados en la respectiva solicitud.

Las aseguradoras tendrán un máximo de 4 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud para realizar su validación y comunicar a los pensionados, subrogantes o beneficiarios, si fue aceptada o rechazada. En este último caso deberán indicar con detalle las razones de ello y los requisitos para una nueva solicitud.

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En caso de aceptación, la aseguradora deberá informar las opciones de porcentajes de retiro y la pensión resultante producto de cada alternativa. De esta manera, el pensionado o beneficiario podrá optar por anticipar entre un 1% y un 10% de su reserva técnica (con tope en 150 UF).

Confirmación y pago

El pago se hará en un máximo de 30 días corridos desde el momento en que hizo la primera solicitud. En caso de no solicitar algún porcentaje de anticipo, el proceso se finalizará. La aseguradora deberá entregar un comprobante donde conste, como mínimo, la fecha de la confirmación, la opción seleccionada y un número de identificación de la solicitud.

Los asegurados también podrán requerir el anticipo de fondos de manera presencial, previa presentación de su cédula de identidad, cumpliendo las medidas y recomendaciones sanitarias vigentes.

Aumentar endeudamiento

Sin embargo, otro punto que informó la CMF que la generación de una herramienta para permitir la liquidez de las compañías. “Dado que el anticipo del 10% de las rentas vitalicias puede generar mayores necesidades de liquidez para las compañías de seguros, a objeto de que puedan cumplir con su obligación legal, la CMF introdujo cambios a la Norma de Carácter General N°323”.

“La CMF estima”, continúa, “que la liquidación de instrumentos por parte de las Compañías de Seguros de Vida se va a unir a lo que harán las AFP, presionando a la baja el precio de estos instrumentos. Para evitar potenciales pérdidas de baja de valor, se aumentó por un año la capacidad de endeudamiento financiero de las aseguradoras”.

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