El subsidio familiar, o también conocido como subsidio único familiar, SUF, pertenece al sistema de Prestaciones familiares que también cuenta con Asignación Familiar, Asignación Maternal y Subsidio Maternal.
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Está destinado a personas de escasos recursos que no pueden acceder al beneficio de Asignación Familiar o Maternal, porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional. El monto del Subsidio Familiar es de 13.832 pesos por carga y de 27.664 pesos en el caso de que la carga se encuentre en situación de discapacidad. Las cargas familiares que dan este beneficio pueden acceder a prestaciones médicas y odontológicas, preventivas y curativas, gratuitas. Eso sí, no pueden tener este beneficio quienes gocen de la Pensión Básica Solidaria o el subsidio de discapacidad mental.
Los beneficiarios del Subsidio familiar son:
- La madre.
- En su defecto, el padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo el o la menor.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual que vivan a sus expensas, de cualquier edad.
Se denominan cargar para el subsidio:
- Los menores hasta los 18 años de edad.
- Personas en situación de discapacidad de cualquier edad, que vivan a expensas del beneficiario.
- Los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otras equivalentes.
- La mujer embarazada.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Hay que consultar directamente en su municipalidad, donde hay que postular de forma presencial. Por lo general, los documentos solicitados son:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.