- Abogado Clínica Jurídica Derecho UC
Se acercan las Fiestas Patrias y se vuelven comunes las preguntas relacionadas con el “aguinaldo”, que es el pago de un bono que en esta época reciben los trabajadores para ayudar a cubrir gastos que involucran las fiestas. La Clínica Jurídica Derecho UC le explica algunos aspectos legales a tener en cuenta.
PUBLICIDAD
1) ¿Qué trabajadores tienen derecho a recibir aguinaldo?
– Trabajadores del sector público: tienen derecho a recibir este pago, dependiendo del monto de la remuneración líquida de agosto de 2017. El monto del aguinaldo se encuentra fijado por ley (Ley N° 20.971) de acuerdo al siguiente detalle:
a) $68.327, para trabajadores cuya remuneración líquida fue igual o inferior a $709.046.
b) $47.430, para trabajadores cuya remuneración líquida fue desde $709.047 a $2.347.989.
c) $0, para trabajadores cuya remuneración líquida fue igual o superior a $2.347.990 o se entregue en moneda extranjera.
– Trabajadores del sector privado: No existe obligación legal de pagar aguinaldo, ya que en Chile opera según acuerdo de las partes (trabajador y empleador). De esta manera, cuando existe este acuerdo, el empleador está obligado a pagarlo. Esto ocurre cuando:
a) Se encuentra pactado por escrito en el contrato individual de trabajo o en un anexo al contrato de trabajo.
b) Se encuentra pactado por escrito en un convenio o contrato colectivo.
c) No se encuentra pactado por escrito en un contrato individual de trabajo ni en convenio o contrato colectivo, pero se ha pagado reiteradamente en el pasado. En este caso se genera una cláusula tácita o una especie de “derecho adquirido” para el trabajador, con lo cual el empleador está obligado a pagarlo.
En las empresas privadas el aguinaldo se puede acordar en dinero, en una canasta familiar o en una combinación de ambos.
2) ¿El empleador puede cambiar el monto del aguinaldo?
Si un trabajador tiene derecho al pago de aguinaldo, el empleador debe respetar el acuerdo, con lo cual también el monto, la forma y la fecha en que se pague. Por ejemplo, si es en dinero, no puede bajar su monto.
3) ¿Qué hacer si teniendo derecho al aguinaldo no lo pagan?
Cualquier trabajador de una empresa privada que esté en las situaciones anteriores y se le niegue el pago de su aguinaldo o se modifique su monto, puede ir a la Inspección del Trabajo a presentar una denuncia para que se fiscalice a la empresa.
Si quiere más información o tiene dudas sobre éste u otros temas, consulte gratuitamente en la Clínica Jurídica Derecho UC, al correo electrónico atenciondepal@uc.cl o al teléfono (562) 26862195.
Las opiniones expresadas aquí no son responsabilidad de Publimetro