Opinión

Expulsión de extranjeros y unidad familiar

  1. Profesor Clínica Jurídica Derecho UC

En estos últimos meses se ha hablado mucho sobre la expulsión de extranjeros del país. Se sabe que aquellos que estén indocumentados y que no se hayan acogido al proceso de regularización extraordinaria –cuya primera etapa ha terminado en estos días– tendrán que irse de Chile. También el Gobierno ha anunciado que antes que finalice el 2018 se espera que más de dos mil extranjeros en situación irregular o con antecedentes penales sean expulsados del país.

PUBLICIDAD

La expulsión es una sanción muy dura para una persona, sobre todo cuando ésta lleva un tiempo viviendo en Chile. Interfiere gravemente en su vida personal y familiar. Además, viene acompañada de una prohibición de ingresar al país por un período determinado, el que se puede extender por varios años.

El Estado tiene el derecho de expulsar personas de su territorio cuando ve amenazado algún bien de interés público, como la seguridad nacional. Sin embargo, esta facultad no es ilimitada. Según nuestra Constitución, el ejercicio del poder soberano del Estado frente a las personas que habitan en Chile –nacionales o extranjeras– está limitado por el respeto a sus derechos fundamentales. Esto significa que el Estado, cuando ejerce una facultad como la de expulsar a una persona, debe hacerlo respetando los derechos que le garantizan la Constitución y los tratados internacionales vigentes en Chile.

Cuando un extranjero es notificado de una orden de expulsión, ve afectado su derecho a la libertad ambulatoria: el derecho de toda persona a residir y permanecer en cualquier lugar de la República, a trasladarse de un lugar a otro y a entrar y salir de su territorio. Al verse amenazado este derecho, la persona puede a acudir a una Corte de Apelaciones para revisar su caso presentando una acción de amparo.

Por otra parte, la unidad familiar es uno de los bienes jurídicos que la Constitución protege y que suele verse afectado también por las órdenes de expulsión. Nuestra Carta Fundamental reconoce que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y establece como un deber del Estado darle protección y propender a su fortalecimiento. En este marco, cuando los tribunales conocen casos de expulsiones se suelen preocupar de que las familias no se vean afectadas y toman en cuenta también los derechos de los niños, niñas y adolescentes, quienes podrían verse dañados de manera irremediable por esta separación.

Todas estas aristas se deben considerar a la hora de determinar la expulsión de una persona del territorio chileno. Por eso, a pesar de los dictámenes del Gobierno, el ejercicio de ciertos derechos fundamentales de las personas, como el derecho a la libertad ambulatoria o la unidad familiar, podrían evitar la remoción de extranjeros del país.

Si requiere más información sobre este tema o conoce a alguien que podría verse afectado por esta materia, consulte gratuitamente en la Clínica Jurídica Derecho UC al correo clinicajuridica@uc.cl, o pida una hora de atención al fono (2) 2686 2195.

Las opiniones expresadas aquí no son responsabilidad de Publimetro

Tags

Contenido patrocinado

Lo Último