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En la red social de moda: el Tik Tok de Karla Rubilar sobre el plebiscito del 26 de abril que todos comentan

Usando nuevas plataformas.

El miércoles 26 se dio inicio al periodo de campaña con miras al plebiscito de abril y la ministra vocera de Gobierno, Karla Rubilar, se convirtió en una de las protagonistas al usar la red social de moda, Tik Tok, para fomentar la participación de los chilenos en la votación.

En el video de un par de segundos, la ministra utiliza una serie de stickers para decir que «la voz de tu y tu familia importan» y que los «necesitamos a todos».

La idea, probablemente es acceder a un público más joven que es el que está activo en esta red.

Pero la recepción no fue la mejor, considerando los comentarios que aparecieron en Twitter. «Karla Rubilar está en Tik Tok y todos los comentarios son malos jajajaja», se podía leer en la red social. 

Contraloría y las atribuciones constitucionales

La Contraloría General de la República, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, impartió este miércoles instrucciones respecto del proceso plebiscitario que se desarrollará en el país el próximo 26 de abril.

Las autoridades deberán adoptar todas las medidas que procedan a fin de dar la debida y oportuna publicidad a tales instrucciones, así como velar por su cumplimiento, especifican en su página web.

Según información de Cooperativa, el instructivo advierte que las autoridades, jefaturas y funcionarios, independiente de su jerarquía pública, «no deben promover o intervenir en campañas relativas a las posturas del plebiscito, ejercer coacción sobre otros empleados o sobre los particulares y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, o algunas las proposiciones plebiscitadas».

Además sería un “ilícito administrativo” usar para esos propósitos «los recursos públicos, así como los bienes fiscales, municipales o de otras entidades estatales», así también «los medios de información de carácter institucional, tales como páginas electrónicas y redes sociales, solo pueden ser utilizados para emitir expresiones que digan relación con el funcionamiento del organismo respectivo».

También queda prohibido el uso de vehículos estatales para «actividades de carácter político contingente, ya sea en días hábiles o inhábiles, siendo útil agregar que dicha prohibición no admite excepciones de ninguna especie y afecta a todos los servidores que emplean vehículos sujetos al citado decreto ley».

«Al margen del desempeño del cargo», las autoridades, en su calidad de ciudadanos, están habilitados «para ejercer los derechos políticos consagrados en el artículo 13 de la Carta Fundamental, pudiendo emitir libremente sus opiniones en materias políticas y realizar actividades de esa naturaleza, siempre que las desarrollen fuera de la jornada de trabajo y con recursos propios», añade la Contraloría.

El organismo sostiene que el Ministerio Secretaria General de la Presidencia, la Dirección Administrativa de la Presidencia y los ministerios Secretaría General de Gobierno y de Desarrollo Social pueden realizar «una campaña sobre la importancia de concurrir a participar en el plebiscito y que informe acerca de las características de dicho proceso y las posiciones plebiscitadas, a fin de que la ciudadanía esté debidamente informada sobre la materia (…) Lo anterior, por cierto, en la medida que aquello se ejecute con la debida imparcialidad», consigna Cooperativa.

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