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Permisos temporales y salvoconductos: ¿Cómo sacarlos de forma individual y colectiva?

Para el personal de salud no se necesita ni permisos temporales ni salvoconductos, ya que sólo es necesario mostrar su credencial médica.

Este viernes a las 22:00 horas empieza un nuevo ciclo de cuarentena obligatoria para todo el gran Santiago y una nueva necesidad de sacar permisos temporales y salvoconductos. La medida fue tomada por el alto aumento de casos sobre todo en la Región Metropolitana.

La idea es no alarmarse, y no salir si no es estrictamente necesario. Y al hacerlo, contar siempre con mascarilla, lavado de manos con alcohol gel en la calle y con agua y con jabón en casa. Al llegar al hogar, lavar su ropa y dejar los zapatos afuera.

Pero cuál es la diferencia entre permisos temporales y salvoconductos

Los permisos temporales son, como su nombre lo indica, un permiso para ir a realizar algún tramite, en un periodo determinado, entre cinco de la mañana y 21:59 de la noche.

Permisos temporales individuales:

  1. Asistencia a establecimientos de salud: Debe tener hora agendada con anterioridad y/o tratamiento médico. En este caso, la persona puede ir con un acompañante. Duración: 12 horas de libre tránsito.
  2. Compras insumos básicos: Ya sea para la compra de alimentos, medicamentos y/u otros insumos básicos. Duración: tres horas de libre tránsito, máximo dos veces a la semana.
  3. Salida de personas con espectro autista u otra discapacidad mental: Con su respectivo acompañante, quienes deberán exhibir a la autoridad fiscalizadora la credencial de discapacidad, certificado de discapacidad del Registro Civil o certificado médico que indique el diagnóstico Trastorno del Espectro Autista. El permiso deberá ser solicitado con el número de la cédula nacional de identidad de la persona con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad mental. Duración: dos horas.
  4. Paseo de mascotas: Con desplazamiento reducido dentro de las dos cuadras a la redonda del domicilio o residencia. Duración: 30 minutos, máximo dos veces al día.
  5. Pago de servicios básicos; cobros de pensiones, subsidios o beneficios estatales, seguros de cesantía; y, gestiones bancarias o notariales. Sólo podrá ser solicitado de lunes a viernes. Duración: tres horas, máximo dos veces a la semana.
  6. Retorno a residencia habitual: La autorización de tránsito se otorgará sólo por 24 horas. Cuando la persona llegue a su hogar, debe cumplir cuarentena obligatoria por 14 días.
  7. Asistencia a funeral familiar directo: Duración de cinco horas de libre tránsito si reside en la misma región del funeral y, 24 horas si el funeral es en otra región.
  8. Retiro de alimentos y textos escolares desde organismos públicos: tales como Junaeb u otros. Duración: seis horas de libre tránsito, máximo una vez a la semana.
  9. Comparecencia a una citación en virtud de la ley: Presentarse a una citación a la que un abogado u otra persona deba asistir de acuerdo a lo que dice la ley. La persona solicitante deberá adjuntar copia de la citación judicial respectiva. Duración: hasta el cumplimiento de la gestión.
  10. Entregar alimentos u otros insumos de primera necesidad a Adultos mayores: Evitando el contacto directo o físico con los mismos. Duración: dos horas de libre tránsito, máximo dos veces a la semana.
  11. Cambio de domicilio: Autorizaciones temporales para realizar mudanzas. Permiso con vigencia por 24 horas. Se podrá solicitar solo una vez.
  12. Proporcionar alimentos o insumos de primera necesidad en Recintos Penitenciarios: De acuerdo a las reglas dispuestas por Gendarmería de Chile. Duración: 3 horas de libre tránsito, máximo dos veces a la semana.
  13. Traslado de niños, niñas o adolescentes entre las casas de sus padres o tutores: Conforme al acuerdo existente entre el padre, madre y/o los encargados del cuidado personal. El solicitante deberá indicar el nombre y las cédulas nacionales de identidad de los cuidadores y del niño, niña o adolescente, los domicilios de estos y tiempo de visita.
  14. Ejercer el derecho del niño, niña o adolescente de mantener contacto con sus padres: Este permiso se podrá solicitar sólo por una vez a la semana indicando el tiempo de visita acordado por el padre, madre o el o la o los encargados del cuidado personal. Para efectos del otorgamiento de este permiso, el solicitante deberá indicar el nombre y las cédulas nacionales de identidad de los cuidadores, el del niño, niña o adolescente, los domicilios de éstos y el tiempo de la visita.

Por otra parte, los salvoconductos se entregan para poder transitar en toque de queda, o sea entre las 22:00 y las 04:59 horas. Estos son individuales y colectivos. Para el personal de salud no se necesita ni permisos temporales y salvoconductos, ya que sólo es necesario mostrar su credencial médica. Tampoco lo necesitan Bomberos, funcionarios públicos, trabajadores de organismos colaboradores acreditados, empresas de seguridad privada y seguridad ciudadana.

Salvoconducto individual

  1. Tratamientos médicos. Sólo podrá registrar a un acompañante, el cual deberá registrar con su RUN y nombre completo.  En los casos de emergencias médicas, no se requerirá salvoconducto, pero se establecerá un control permanente.
  2. Asistencia a funeral por familiar directo. Cuatro horas de libre tránsito si vive en la misma región del funeral y 24 horas si el funeral es en otra región.

Salvoconducto colectivo

Son autorizaciones que permiten la circulación del personal esencial para el funcionamiento de los siguientes servicios:

  1. Suministro de energía, centrales de operaciones y cuadrillas de emergencia.
  2. Transporte público y ferrocarriles.
  3. Suministro de agua potable, centrales de operaciones y cuadrillas de emergencia.
  4. Suministro de gas, centrales de operaciones y cuadrillas de emergencia
  5. Estaciones de servicio y distribuidoras de combustible.
  6. Reactores nucleares.
  7. Bancos e instituciones financieras y transporte de valores.
  8. Servicios de funerarias y cementerios.
  9. Telecomunicaciones, data center, centrales de operaciones y cuadrillas de emergencia.
  10. Supermercados, mercados, ferias y centros de abastecimiento, distribución y producción.
  11. Almacenes de barrio, panaderías, locales de expendio de alimentos, ferreterías y otros insumos básicos.
  12. Farmacias.
  13. Laboratorios y productores de medicamentos.
  14. Distribuidores de diarios y periódicos.
  15. Empresas agro alimentos, productores silvícolas y agrícolas, labores de pesca y procesamiento de pescados y mariscos, producción de alimentos para animales, aves y pisicultura y producción de celulosa y productos de papel, cartón y derivados.
  16. Medios de comunicación.
  17. Correos.
  18. Empresas de minería y relacionadas.
  19. Portuarias y transporte marítimo.
  20. Aeropuertos y terminales de buses.
  21. Empresa recolectora de basura y relleno sanitarios.
  22. Transporte de carga y pasajeros.

Cómo sacar temporales y salvoconductos

Ambos permisos se solicitan en la Comisaría Virtual y se necesita para los individuales la información de la cédula de identidad, pasaporte o ClaveÚnica. Para los salvoconductos colectivos el representante legal debe identificar a la o las personas representantes de la empresa, máximo 40, con los siguientes antecedentes:

  1. Nombre completo.
  2. RUN.
  3. Fecha de nacimiento.
  4. Patente.

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