Ya estamos en septiembre, el Mes de la Patria, de las celebraciones criollas y, por esto mismo, de gastos que escapan del presupuesto habitual. Sobre todo, considerando que será un fin de semana largo de cuatro días, desde el jueves 18 hasta el domingo 21.
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Para hacer frente a estos pagos extraordinarios, existe el esperado aguinaldo dieciochero, el cual es obligatorio para los trabajadores públicos. Sin embargo, no es un imperativo para las compañías privadas, por lo que depende de sus directivos si entregarlo o no a sus empleados.
En el caso de que éstos decidan otorgar este beneficio, deben resolver la encrucijada del monto. Manuel Concha, CEO de Kame, ERP que tiene más de 25.000 pequeñas y medianas empresas dentro de su cartera, ofrece una serie de consideraciones para el cálculo de esta cifra.
Imitar al sector público
Los aguinaldos en las organizaciones estatales están determinados por ley, divididos en dos tramos de remuneraciones. Aquellos cuyo sueldo líquido de agosto haya sido igual o inferior a $1.025.622, recibirán un depósito de $88.667, mientras que quienes tengan un salario mayor al indicado, percibirán $61.552. Si un empresario no quiere complicarse la vida calculando, simplemente puede emular estos montos.
Basarse en la historia
Al igual que en el punto anterior, una forma de evitarse problemas es repasar los beneficios entregados en los años previos. Éstos pueden servir como base para una resolución correcta, aunque con un asterisco. Para ser consecuentes con la situación del país, en el caso de optar por esta alternativa, lo ideal es ajustar las cifras al IPC actual, para paliar la inflación.
Revisar los flujos internos
Debido al alza de los costos laborales, por las leyes que se han aprobado últimamente, muchas pymes apenas logran pagar sus cuentas o directamente están con números rojos. Por ende, es fundamental evaluar si la rentabilidad permite entregar este bono, para no poner en riesgo la operación. Además, es clave planificar con tiempo el flujo de caja, ya que se debe contar con los recursos disponibles; en otras palabras, también se debe considerar la liquidez.
Recordar que es imponible
A diferencia de lo que ocurre en el ámbito estatal, la legislación respecto al mundo privado es distinta. La norma legal indica que estos bonos corresponden a conceptos imponibles y tributables. Por ello, se tienen que cancelar las respectivas imposiciones, las cuales también hay que tener en cuenta al momento de la evaluación de las platas que tiene a disposición la empresa.
“Kame ERP te apoya en todo este proceso, ya que genera automáticamente el archivo para el pago electrónico de imposiciones a través de Previred, el libro electrónico de remuneraciones, los contratos, los finiquitos, las vacaciones, etc.”, comenta Manuel Concha. “Gracias a la tecnología completamente web, puedes saber con anticipación cuál será el gasto real de tu empresa por concepto de ‘aguinaldo’ y también compararlo con los años pasados, tanto en términos individuales por trabajador como en el global. Por ejemplo, puedes acceder a los libros de remuneraciones de los años anteriores de forma rápida y simple, desde cualquier parte, con tu celular, notebook, iPad, tablet, etc., sin la necesidad de instalar nada”, concluye el especialista.