Esta es la norma por la cual te multan por tomar fotos en el Metro

  1. Lo que se puede hacer y lo que no a bordo del Metro de Santiago

Para nadie es extraño sacar su celular y tomar una fotografía, o hacerlo tal vez con una cámara fotográfica y retratar una situación llamativa, extrema o extraña. Eso mismo pensó Pablo del Pino, cuando la mañana de ayer decidió retratar la compleja situación que se vivió en el Metro de Santiago, producto de los problemas en el flujo de los trenes en la estación Baquedano de la L1.

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Un acto casi instintivo que esta vez le salió caro, porque producto del hecho, fue multado por Carabineros, considerando que había inflingido uno de los artículos del “Reglamento para el Tránsito de Personas en la Red de Metro”.

El joven relató a través de su página de Facebook que fue detenido y multado por Carabineros tras obtener la imagen del colapso del tren subterráneo. “Luego de evacuar a toda la gente, volvieron reaundar el servicio, pero la contención de la gente en las otras líneas colapso los andenes, es cuando toda la gente como yo que ya estaba atrasado por lo ocurrido tomamos fotografías para enviar a nuestros empleadores para informar el motivo del atraso al trabajo”.

“Cuando ya me doy por vencido y resignado a tomar un taxi y tener que pagar 4 veces más lo que gasto  por un viaje, Carabineros me detiene, me piden el carnet y para pasarme un parte por tomar una fotografía”, escribió.

La injusta situación, como fue calificada por el afectado y por las cientos de personas que solidarizaron con él, está dentro de la ordenanza que rige al servicio de transporte capitalino y que data de 1975.

De acuerdo con el documento, en su Párrafo 2º sobre las prohibiciones para los pasajeros de la red, se establece claramente la prohibición de grabar o captar imágenes fotográficas.

Lo anterior está contenido en el artículo 11º de dicho párrafo, donde se prohíbe estrictamente “tomar vistas fotográficas, cinematográficas o televisivas de cualquier instalación (fija o móvil) o de los recintos de la Red de Metro, sin autorización escrita de la Dirección General de Metro”.

A su vez  también “se prohíbela reproducción, publicación o comercialización de dicho material, salvo que éste constituya parte de una noticia inserta en diarios, periódicos, revistas de ordinaria circulación o programas de televisión”.

No es el primer caso

 

 

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