¿Por qué en Chile los reos no son obligados a realizar trabajos comunitarios?

Tras las polémicas que han generado las detenciones ciudadanas debido a la violencia con la que población se enfrenta a un delincuente acusando indignación, no son pocas las voces quienes han sugerido que los reos sean obligados a realizar trabajos comunitarios, como la construcción de caminos, pavimento de rutas, restauración de domicilios afectados por tragedias naturales, entre otros. 

Ante esto, en Publimetro conversamos con el abogado de la Unidad de la Defensa Penal Especializada de la Defensoría Penal Pública, Alejandro Gómez, quien nos ilustró al respecto.

“Antes que todo, quiero aclarar que esa imagen de obligar a trabajar a los internos de EE.UU. es muy antigua. Además, tomar ese país como ejemplo es una mala práctica, porque es uno de los países que tiene un índice de encarcelamiento muy elevado, más elevado incluso que Chile. Entonces son realidades totalmente distintas”,  indica Gómez.

Pero, ¿por qué los reos no pueden trabajar en labores comunitarias mientras cumplen su condena?

“Lo que sucede es que el trabajo el trabajo forzoso está prohibido por instrumentos internacionales en varias partes del mundo. Nadie puede obligar a un interno a trabajar y si quiere hacerlo, debe ser absolutamente de forma voluntaria”, aclara el especialista.

“La idea de trabajar tiene que estar acompañada siempre de incentivos que permitan conseguir la inserción del reo, después que cumpla su condena. En la medida en que existan oportunidades laborales para él, uno puede esperar que haga un trabajo beneficioso para la comunidad”.

Penas sustitutivas

Pese a que los internos no pueden trabajar obligados, hay quienes sí puede cambiar una condena privativa de libertad por labores comunitarias. Así al menos lo confirma a Publimetro el abogado Aldo Duque, quien afirma que “este tipo de medida se aplica a quienes han cometido faltas menores, que no afectan la integridad de otro ser humano”. 

Según la Ley Nº 20.603 de Penas Sustitutivas de la Reclusión, que modificó la ley Nº18.216, un tribunal efectivamente puede establecer la sustitución de una condena privativa de libertad por una sentencia de prestación de servicios en beneficio de la comunidad.

“Esta pena está pensada para personas primerizas que cometen delitos menores” dice Alejandro Gómez, quien añade que “generalmente se aplica en los casos en que la pena es igual o menor a 300 días de prisión. La mayoría de estos delitos corresponde a hurtos simples, sin intimidación o amenazas, además de receptación de productos robados, por ejemplo. Claro, todo va a depender del valor de las especies hurtadas, pero si la persona es primeriza, puede aplicarse la medida”.

Por su parte, Aldo Duque indica que esta medida reemplaza la prisión y no permite que se aplique cárcel y trabajo en beneficio de la sociedad de manera simultánea por el mismo delito. “Sería ideal que ocurriera que los internos prestaran un servicio a la comunidad, pero la legislación chilena no lo permite, salvo el reemplazo de la pena privativa de libertad por el trabajo comunitario. Y digo que sería ideal porque yo voy todos los días a las cárceles y me encuentro con internos que tienen 12 a 13 horas de ocio, que no tienen nada más que hacer y que prácticamente pasan esas horas en su próximo delito”.

Ante esto, el abogado defensor aclara que el Estado debe esforzarse en implementar planes que aseguren la reinserción social. “Actualmente existen los Centros de Educación y Trabajo (CET) que favorece a personas que han desarrollado sin problemas su programa de reinserción social. El plan les permite salir diariamente para trabajar o por motivos de estudio, sin embargo, si se le otorga un permiso a alguien que no puede conseguir trabajo, eso no tiene sentido”.

De hecho, indica que una de las alternativas que podría mejorar las condiciones de reinserción de los internos, es que la misma Gendarmería u otro organismo gubernamental asegurara un puesto de trabajo a quienes se encuentran e los CET. “La idea es que los internos realicen algo productivo para el país y para ellos mismos. De esa manera, tendrían más posibilidades de evitar el camino de la reincidencia”, finaliza Alejandro Gómez.

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