Nacional

Congreso despacha proyecto que creará Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

“Con este proyecto se les acabó la fiesta a los papitos corazón”, aseguró la diputada Patricia Rubio. “Tengo la certeza de que esta ley cambiará las condiciones de vida de miles de niños, niñas y de sus madres”, dijo la ministra Zalaquett.

Cámara de Diputados

El Congreso despachó el proyecto de ley que creará un Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias, quedando a un paso de convertirse en Ley.

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Esto, luego que este martes la Cámara de Diputados, de forma unánime, aprobara el proyecto en su tercer trámite legislativo, ratificando los cambios que incorporó el Senado.

Con la futura ley, quienes integren la base de datos del Registro Nacional de Deudores sufrirán una serie de consecuencias en su diario vivir, que les obligarán a pagar sus pensiones adeudadas, ya que se dejará la lógica de las sanciones punitivas (por ejemplo, a través de arrestos), para avanzar en la incorporación de sanciones de carácter patrimonial para los deudores.

Reacciones positivas al avance del proyecto

El proyecto de ley fue destacado por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín; y la ministra de la cartera de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, quienes estuvieron presentes en la ceremonia de despacho de esta nueva normativa.

“El Registro será una herramienta que terminará con la impunidad en el pago de pensiones de alimentos, al generar graves restricciones patrimoniales y de acceso a diversas prestaciones, a todos quienes tengan deudas de alimentos. Esto significará dar un giro radical en la forma en que se hacen las cosas, puesto que la evidencia indica que las sanciones de arresto no son efectivas para el objetivo final que tenemos todos, que es que paguen sus pensiones. Con estas nuevas medidas, lo primero que estamos asegurando es la cancelación total de la deuda”, señaló Larraín.

En la misma línea, la ministra de la cartera de la Mujer, valoró el avance legislativo de la nueva ley, agregando que “tengo la certeza de que esta ley permitirá cambiar las condiciones de vida de miles de niños, niñas y de sus madres, quienes por años se han visto obligadas a enfrentar solas la mantención de sus hijos e hijas. Sabemos que esto se ha convertido en un profundo problema social y cultural al que como País debemos hacer frente. Esta ley busca avanzar en esa línea para hacer cumplir la responsabilidad parental y poner fin a la cultura del incumplimiento”.

Por su parte, las diputadas del PPD, Patricia Rubio y Carolina Marzán, destacaron la unanimidad que concitó este proyecto.

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“Una de las tantas realidades que salieron a la palestra cuando comenzó la discusión de los retiros de fondos de pensiones, fue la gran cantidad de hombres que tenían abandonados a sus hijos e hijas por el no pago de las pensiones de alimentos. La propia Corte Suprema confirmó que a septiembre de este año se habían recibido más de 900 mil solicitudes de retención de fondos de AFP por deudas de pensiones de alimentos en los tres retiros”, expuso Rubio, quien además es la presidenta de la Comisión de Familia de la cámara de Diputados.

“Lo peor de todo esto, en esta vergonzosa realidad, es tener que ver a las madres en tribunales pidiendo casi como un favor que ese ‘Papito Corazón’ se ponga con la crianza del niño o la niña, incluso eludiendo la justicia. Es una forma de violencia hacia los niños, niñas y adolescentes y también con esas madres que no duermen tranquilas pensando en cómo hacen rendir el sueldo hasta fin de mes sin que nada les falte a sus hijos, mientras el progenitor duerme tranquilo, trabaja tranquilo o incluso piensa en postularse a algún cargo público. Con este proyecto se les acabó la fiesta a los papitos corazón, se les acabó el abuso, se les acabó el vivir tranquilos sin responder a sus responsabilidades”, enfatizó.

Ficha pensiones 2

“Recorriendo mi distrito he podido constatar que uno de los mayores problemas que tienen principalmente las mujeres, y que aqueja a un número importante de la población son las pensiones de alimentos impagas. Esta situación las violenta muy severamente tanto a ellas como a sus hijos e hijas, y además atenta contra sus posibilidades de desarrollo personal y la economía familiar de miles de hogares a lo largo y ancho de Chile”, sostuvo por su parte Marzán, quien celebró que esta normativa legal permitirá dar un efectivo “avance en materia de pago de pensiones de alimentos, estableciéndose una mejora procedimental en los Tribunales de Familia, mejora en el sistema de notificaciones, retención en las indemnizaciones laborales, entre otras medidas”.

Respecto del Registro, Marzán sostuvo que “lo medular del proyecto es, sin lugar a dudas, la creación del Registro Nacional de Deudores de pensiones de alimentos, a cargo del Servicio de Registro Civil, en el cual figurarán aquellas personas obligadas a pagar alimentos y que adeuden tres o más pensiones continuas o cinco discontinuas”.

Las claves del nuevo proyecto de Ley

1.- En el Registro estarán aquellos alimentantes que deban tres mensualidades de pensión de alimentos consecutivas, o cinco discontinuas.

2.- Al solicitar un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda.

3.- Durante el proceso devolución de impuestos, la Tesorería también retendrá parte del dinero que se adeude.

4.- Si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso, solo en la medida que se les acredite que con las ganancias se pagarán los alimentos.

5.- No se les otorgarán licencias de conducir ni pasaportes, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos.

6.- Se retendrán las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil, cuando tengan deudas alimenticias.

7.- Se establece la inhabilidad para recibir determinados beneficios económicos o bonos por parte de órganos de la Administración del Estado.

8.- Los órganos de la Administración del Estado, Poder Judicial y Congreso Nacional que quieran realizar contrataciones, promociones o ascensos de su personal, deberán consultar previamente dicho Registro, y en caso de la persona en cuestión sea deudora, para acceder al cargo retendrá un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda de alimentos, hasta extinguirla completamente.

9.- En el caso de los trabajadores con contrato a honorarios y/o personas que reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, sufrirán retenciones de sus pagos para saldar las deudas de pensión alimenticia.

10.- Si una persona es despedida de su puesto de trabajo, y a la vez es deudora, pagará la pensión alimenticia a través de la indemnización por años de servicio.

11.- Se modifica el Código Civil, incorporándose la deuda de pensión de alimentos a los créditos de primera clase.

12.- Se establece como parte de la evaluación de idoneidad que se realiza a los solicitantes que postulen a la adopción de un niño, niña o adolescente, la verificación de no encontrarse inscritos en el Registro.

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