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Caso Tomás Bravo: Mega deberá pagar millonaria multa por cobertura “sensacionalista”

El canal deberá pagar una multa de 150 UTM dado que vulneró la presunción de inocencia tras la detención del tío abuelo del menor.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la aplicación de una multa de 150 UTM (casi 8 millones de pesos) por parte del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a Mega por la cobertura, calificada como “sensacionalista”, de la desaparición y posterior hallazgo de Tomás Bravo, niño de tres años cuya muerte sigue en investigación.

En un fallo unánime, la Sexta Sala del Tribunal de alzada, consideró que la conducta sancionada se ajusta a la norma legal, al haber afectado la dignidad de la familia del niño y, especialmente del tío abuelo que fue sindicado inicialmente, como responsable de la muerte del menor.

En esa línea, la Corte de Apelaciones considera que se vulneró el derecho a la inocencia del tío abuelo, ya que “se le ha impuesto una pena, sin haberse establecido previamente su culpabilidad”.

“Los canales de televisión en sus emisiones y reportajes deben respetar la dignidad de las personas evitando el sensacionalismo y la victimización secundaria, vulneraciones que se habrían producido en el reportaje en cuestión, tanto en relación a la familia, como respecto del tío de la víctima a quién se le sindicó como autor al inicio de los hechos”, señala el fallo en contra de Mega.

Cabe señalar que el tribunal se acogió a la definición de sensacionalismo empleada por la Real Academia Española: “tendencia a producir sensación, emoción o impresión, con noticias, sucesos, etcétera”.

En la misma línea, en marzo pasado, la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, denunció a matinales ante el CNTV por vulnerar “la honra, intimidad e imagen” de Tomás Bravo.

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