La Comisión de Sistema Político comenzó ayer la votación en particular de normas que propondrán próximamente al Pleno, zanjando, en primer lugar, que “el Estado de Chile se funda en una democracia paritaria”.
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Ello implica que se deberá reconocer y promover “una sociedad en la cual mujeres, hombres, y diversidades y disidencias sexogénericas participen en condiciones de igualdad sustantiva, reconociendo que su representación efectiva en el conjunto del proceso democrático es un principio y condición mínima para el ejercicio pleno y sustantivo de la democracia y la ciudadanía”.
Por lo mismo, todas las instituciones y órganos del Estado estarán obligados por la Constitución a tener una integración paritaria, “asegurando que al menos un cincuenta por ciento de su composición sean mujeres, y garantizarán la representación efectiva de identidades trans y no binarias”. Sumaron, igual, que deben incorporar un enfoque de género en el diseño institucional.
A ello, sumaron que la política fiscal y el diseño de los presupuestos públicos se “adecuarán al cumplimiento de un enfoque transversal de igualdad sustantiva de género en las políticas públicas”.
Según compartió Alondra Carrillo a este medio, “se trata de un articulado histórico y fundamental y estamos muy contentas de haberlo aprobado en particular a una semana de la cuarta huelga general feminista del 8 de marzo”.
Jaime Bassa, en tanto, planteó que “la democracia paritaria lleva como eje central la igualdad política, como una de las garantías consustanciales a la vigencia del principio democrático. En el actual proceso constituyente nos hemos convocado a construir un país diferente, más justo y solidario, desde la dignidad y la colaboración, que permita mejorar sus condiciones para el ejercicio de sus derechos sociales, en el marco del buen vivir”.
De igual forma, los convencionales aprobaron el articulado tendiente a consagrar que Chile es un Estado Plurinacional e lntercultural.
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En el marco de la unidad de un Estado, zanjaron, “coexisten diferentes naciones”, que son “titulares del derecho de libre determinación, así como de los demás derechos colectivos reconocidos y garantizados conforme a esta Constitución, los tratados internacionales de DD.HH. ratificados y vigentes en Chile y la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas”.
Son pueblos y naciones indígenas preexistentes los Mapuche, Aymara, Rapa Nui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawashkar, Yaghan, Selk’nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley. También se reconoce al pueblo tribal afrodescendiente.
En el texto aprobado, además, se establece que las mencionadas naciones tienen derecho a la autonomía y al autogobierno, “a su propia cultura, a la identidad y cosmovisión, al patrimonio y la lengua; al reconocimiento de sus tierras, territorios, la protección del territorio marítimo, de la naturaleza en su dimensión material e inmaterial y al especial vínculo que mantienen con estos”.
Por lo mismo, se complementó, el Estado deberá garantizar la efectiva participación de los pueblos indígenas en el ejercicio y distribución del poder, “incorporando su representación en la estructura del Estado, sus órganos e instituciones, así como su representación política en órganos de elección popular a nivel local, regional y nacional”.
Ricardo Montero, uno de los coordinadores de la instancia, sostuvo a Publimetro que “para nuestro país es una muy buena noticia que el Estado reconozca y genere las condiciones para mejorar en materias de paridad e integración de pueblos originarios”.
“Son cambios que no ocurrirán de la noche a la mañana, hay que implementarlos con muchísima responsabilidad para que sean sostenibles y proyectables en el tiempo; sin embargo, también son cambios que responden a sentidas demandas de nuestra sociedad que no se veía representada por instituciones en las que no se abrían los espacios”, dijo.
Ministros de la Corte Suprema durarán 12 años
La Comisión de Sistema de Justicia comenzó la votación de un segundo grupo de normas, determinando que los 21 ministros de la Corte Suprema durarán en sus cargos un máximo de doce años sin posibilidad de reelección.
De igual forma, definieron que se trata de un órgano colegiado con jurisdicción en todo el país, que tiene como función velar por la correcta aplicación del derecho y uniformar su interpretación.