Noticias

Indignación por argumentos de la Fiscalía ante imputado por abuso sexual: “arrebato” y “a cualquiera le puede pasar”

Abraham Santibáñez Rojas realizó tocaciones a los glúteos de una mujer que retiraba dinero de un cajero automático en Estación Central.

Imputado Sebastian Cisternas/ Aton Chile. (SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE./SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE.)

Un duro cuestionamiento formuló el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago a los argumentos empleados por la fiscalía, en la imputación a un hombre por abuso sexual.

PUBLICIDAD

En su alegato de cierre, el abogado aseguró que la tocación realizada por su defendido a una mujer que se encontraba en un cajero automático fue producto de un “arrebato” y que, tal cosa, “a cualquiera le puede pasar”.

En el fallo dado a conocer por radio Biobío, el tribunal criticó el alegato del fiscal, para quien “este tipo de acciones constituyen eventos de una entidad menor, un mero ‘arrebato’, un acto que ‘a cualquiera le puede pasar’”.

En ese sentido, el fallo -unánime- adoptado por los jueces Cristián Soto, Paulina Sariego e Isabel Espinoza considera que esas expresiones desconocen que “esta clase de hechos son actos de violencia intolerables para nuestro sistema, así como para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”.

Los hechos investigados se remontan al 29 de agosto de 2019, oportunidad en que Abraham Segundo Santibáñez Rojas realizó tocaciones a los glúteos de una mujer que retiraba dinero de un cajero automático al interior de un supermercado situado en Estación Central.

Por este hecho, el sujeto fue condenado a 300 días de presidio, pero con el beneficio de la reclusión parcial domiciliaria nocturna, toda vez que, como reza el fallo, “el artículo 366 inciso tercero del Código Penal, establece que el delito de abuso sexual por sorpresa será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio”.

PUBLICIDAD

Tags


Lo Último