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Comisión de Hacienda aprueba el retiro de fondos de pensiones propuesto por el Gobierno

El proyecto será revisado en la Sala de la Cámara de Diputados este lunes 18 de abril

Mario Marcel en Comisión de Hacienda. Fuente: Agencia UNO

Con 9 votos a favor y 4 en contra, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados, aprobó el proyecto sobre el retiro de fondos de pensiones presentado por el Gobierno.

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Esta es la segunda comisión de la Cámara Baja que da el pase al proyecto del Gobierno, el que establece límites para la utilización de los retiros desde las AFP, enfocado principalmente en el pago de deudas.

El siguiente paso es la revisión del proyecto en la Sala de la Cámara, este lunes 18 de abril, junto al proyecto del quinto retiro del 10%, proyecto que ya fue rechazado por la Comisión de Constitución la tarde de este martes, pero se votará en el pleno de la Cámara.

¿A quienes beneficia el retiro del Gobierno?

1.Pago de deudas alimenticias. “El alimentario acreedor, personalmente o a través de su representante legal o curador ad litem, se entenderá subrogado, por el solo ministerio de la ley, en los derechos del alimentante deudor, para realizar la solicitud de retiro de fondos previsionales acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias regidas por el decreto ley N° 3.500 de 1980, que permite esta ley, hasta por la totalidad de la deuda.”

2. Deudas con instituciones de salud. “Las personas podrán autorizar el pago de deudas vigentes de salud, que sostengan tanto con su seguro previsional de salud público O privado, como con prestadores institucionales, desde sus fondos previsionales, previa acreditación de estas a través de la Superintendencia de Salud. El retiro no podrá ser imputado al pago de multas, intereses, u otros gastos asociados, los que se considerarán extinguidos por el sólo hecho del pago a que se refiere esta ley, en proporción al monto pagado.”

3. Incrementar ahorro para compra de vivienda. “El retiro podrá destinarse a incrementar el ahorro necesario para la postulación de los subsidios de vivienda contemplados en el decreto supremo N° 1 de 2011 y en el decreto supremo N° 49 de 2011, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con el objeto de permitir la adquisición de la primera vivienda.”

4. Pagar deudas hipotecarias. “El retiro podrá realizarse con el objeto de pagar créditos hipotecarios de hasta 4.000 Unidades de Fomento contraídos para la adquisición de la primera vivienda hasta el 31 de marzo de 2022.″

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5. Pago de deudas por servicios básicos. “Esta causa podrá ser invocada tanto por beneficiarios del mecanismo de prorrateo establecido en la ley N° 21.423 como por no beneficiarios. En el primer caso, el monto retirado podrá imputarse a deudas contraídas fuera del periodo allí comprendido, así como atribuirse al pago de las cuotas mensuales que se definan en aplicación del mecanismo de prorrateo que define la ley, en la parte que no estén cubiertas por el subsidio que ella establece.″

6. Pago de deudas financieras. “El retiro podrá destinarse al pago de deudas financieras, bancarias y no bancarias, contraídas hasta el 31 de marzo de 2022.″

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