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Condenan a 686 años a depredador sexual de menores: contactaba a sus víctimas por Instagram y WhatsApp

Tribunal español determinó la pena sobre la base de los más de 200 delitos cometidos por el hombre de 30 años por violación reiterada, abusos sexuales y difusión de material pornográfico, entre otros ilícitos.

Hombre que abusó de su hija en Punta Arenas es condenado a 16 años de cárcel Foto: Referencial | Aton

Un sujeto de 30 años fue condenado este miércoles por la justicia española a una pena de 686 años de presidio efectivo tras imputarle los delitos de violación de doce menores de edad, siete de ellos de forma continuada, y otros tres por abuso sexual, dos de ellos también de forma reiterada.

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La pena, en todo caso, es menor a la solicitada por la Fiscalía, que pedía una sanción equivalente a 1.324 años de prisión en contra del hombre que, se constató en la justicia hispana, cometió sus ilícitos al engañar a lo menos a un centenar de menores a través de redes sociales, como Instagram y WhatsApp.

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Más de 200 delitos contra menores de edad

Según informaciones de agencias informativas internacionales, el condenado también fue considerado “culpable de 98 delitos de captación y utilización de menores de edad con fines pornográficos, 74 por difusión de material pornográfico a menores de edad, 25 de exhibicionismo, 13 delitos de corrupción de menores de 16 años y uno de tenencia de pornografía infantil”.

Del mismo modo, fue absuelto de los cargos que pesaban sobre él respecto de “59 delitos de ciberacoso, tres de abusos sexuales y dos de corrupción de menores”.

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La serie de delitos se constató que los cometió entre el 9 de noviembre de 2015 y el 3 de septiembre de 2018, fecha en la cual se comprobó que el modus operandi del sujeto estaba en el contacto, vía redes sociales, con las víctimas, a quienes engañaba ofreciéndoles imágenes pornográficas y haciéndose pasar por una persona de la misma edad de las víctimas.

La condena, junto a la pena aflictiva, también consideró la cautelar de prohibición de acercarse a los menores y la inhabilitación para ejercer cualquier profesión u oficio que esté relacionado al contacto directo e indirecto con menores de edad.

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