La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de amparo presentado por Javier Brevis Valenzuela, pareja de la exalcaldesa Karen Rojo, donde el demandante acusaba haber sido detenido sin causa pendiente.
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El capitán del Ejército presentó la acción judicial tras haber sido interceptado por la Policía de Investigaciones cuando bajaba de un avión comercial. En el procedimiento le incautaron tres celulares en el marco de la investigación contra Rojo, quien está prófuga de la justicia desde el pasado 23 de marzo.
La exjefa comunal huyó del país después de que la Corte Suprema ratificase una condena en su contra de cinco años y un día de cárcel por fraude al fisco. Presuntamente, huyó hacia los Países Bajos, pero su paradero es desconocido.
En ese contexto, el tribunal de alzada antofagastino acogió los argumentos de la Fiscalía respecto al procedimiento de la policía en contra de Brevis Valenzuela, descartando que haya habido arresto, detención o privación de su libertad.
“El Ministerio Público solicitó al Juzgado de Garantía de la ciudad, la incautación de los teléfonos de Javier Brevis, a fin de obtener información sobre la localización exacta de la exalcaldesa, quien debe dar cumplimiento efectivo a una pena privativa de libertad”, indicó José Troncoso, de la Fiscalía Regional.
De acuerdo al ente persecutor, la pareja de Rejo se negó a entregar los equipos en un primer término “lo que llevó al fiscal a solicitar una segunda orden al Juzgado de Garantía para lograr que se cumpliera la primera resolución”.
“Si bien, el sr. Brevis no está sujeto a una investigación de manera directa, la ley impone al Ministerio Público el deber de buscar la locación específica de un prófugo –como ocurre en el caso de doña Karen Rojo Venegas- a fin de cumplir el objetivo de la extradición activa”, añadió.
Cabe señalar que el abogado de Brevis, Felipe Moraga Marinovic, había señalado que “claramente se están dirigiendo actuaciones en contra de mi representado sin que jurídicamente exista motivo alguno para aquello, se han realizado medidas intrusivas sin que mi representado tenga proceso alguno en su contra, no ha cometido ilícito alguno, además no se le indica en qué calidad se practica la diligencia”.