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“No ha sido una decisión apresurada”: vocera de la Corte Suprema valida libertad de sospechoso del asesinato de carabinero

Ángela Vivanco expuso que podría transformarse el sistema a uno “que no tenga beneficios”, pero ello perjudicaría a los delincuentes que sí se rehabilitan.

Funeral del cabo segundo de Carabineros, David Florido. Fuente: Aton Chile.

La ministra vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, entregó este miércoles detalles respecto del beneficio de libertad vigilada que mantenía el principal sospechoso por el homicidio del cabo segundo de Carabineros, David Florido Cisterna, hecho ocurrido el pasado viernes en la comuna de Pedro Aguirre Cerda.

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Fue durante el cierre de la participación del Poder Judicial en el proceso constituyente que la vocera Vivanco aseguró que existe un informe de Gendarmería, que señala que el presunto autor del asesinato de Florido “daba cuenta de algunos elementos que favorecían y otros que no, a la persona que estaba solicitando el beneficio”.

Lo otro sería transformar el sistema en un sistema que no tenga beneficios, lo cual perjudicaría a personas que efectivamente se tienen que rehabilitar y lo hacen.

—  Ángela Vivanco

“Al no serle cedido el beneficio, esta persona recurrió de amparo y una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió por mayoría y en definitiva el amparo resolvía que la persona podía recibir el beneficio”, explicó.

Los efectos del crimen contra carabinero en el Poder Judicial

Cabe recordar que el sujeto de 23 años, identificado con las iniciales J.G.Q., estaba recluido desde hace cinco años, cumpliendo una condena de ocho años totales por un robo con violencia e intimidación. Recién en 2024 debía salir de la cárcel.

“Esto no ha sido una decisión apresurada, tampoco una decisión de una comisión administrativa, sino que ha sido una sentencia judicial, que es una sentencia pública que se puede consultar y que tuvo que ver con un procedimiento de amparo”, explicó la abogada.

Pueden suceder situaciones en que una persona pueda obtener beneficios y desgraciadamente volver a delinquir, pero no existe una posibilidad de que el proceso sea perfecto.

—  Ángela Vivanco

“Todo el régimen de beneficios, tanto los beneficios que se otorgan en la sentencia como en los beneficios que es la libertad condicional y esa normativa se cumple, también hay una normativa asociada con el amparo, como hubo en este caso”, subrayó Vivanco.

“En definitiva, pueden suceder situaciones en que una persona pueda obtener beneficios y desgraciadamente volver a delinquir, pero no existe una posibilidad de que el proceso sea perfecto, previendo cada situación en el caso de que pueda volver a delinquir”, indicó la vocera, quien expuso que una alternativa para evitar este tipo de situaciones esté en “transformar el sistema” judicial en uno que no “tenga beneficios”.

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“Lo otro sería transformar el sistema en un sistema que no tenga beneficios, lo cual perjudicaría a personas que efectivamente se tienen que rehabilitar y lo hacen”, aseveró.

Finalmente, Vivanco aclaró respecto a la integración de la sala que accedió al beneficio del detenido, que “aquí no hay ningún tipo de vicio del punto de vista de integración de la sala y desde ese punto de vista esta es una sentencia tan validad como si hubiera solo de ministros titulares su integración”.

“Cualquier diferencia que haya en esa materia es algo que corresponde a las normas legales de integración y en consecuencia no le podemos echar la culpa a que por la integración sucedió A o B porque esto pudo pasar exactamente igual en una sala que hubiese estado integrada por titulares”, finalizó.

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