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Dirección del Trabajo dictamina que padres o madres cuidadores puedan hacer teletrabajo estas vacaciones de invierno

La DT tomó la medida después que el Minsal informara el adelanto y extensión del próximo periodo de descanso invernal de los estudiantes.

Teletrabajo Freepik

La Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen que permite a padres o madres realizar teletrabajo durante las vacaciones escolares de invierno 2022.

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La determinación fue tomada a raíz de la decisión del Gobierno de adelantar y extender el periodo de descanso de los estudiantes durante este año frente al aumento de enfermedades respiratorias de circulación viral, lo que mantiene una alta ocupación en las camas críticas pediátricas.

Entre las regiones de Arica y Parinacota y Los Lagos, las vacaciones comenzarán el jueves 30 de junio y las clases se retomarán el día lunes 25 de julio. Mientras que entre Magallanes y Aysén, la fecha será desde el 7 de julio hasta el 31 de julio.

👉 Vacaciones de Invierno 2022: Cuándo comienzan, cuánto duran y qué día se volvería a clases

En el dictamen, la DT fijó el sentido y alcance de la Ley 21.391 que modificó el Código del Trabajo ante la crisis sanitaria del coronavirus, adaptándolo al calendario escolar de 2022.

En concreto, la disposición señala que “el empleador deberá ofrecer al trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de 12 años, que se vea afectado por dichas circunstancias, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitiere, sin reducción de remuneraciones”.

Podrá acogerse al beneficio aquel “trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años, que se vea afectado por dichas circunstancias y la autoridad adoptare medidas que impliquen el cierre de establecimientos de educación básica o impidan la asistencia a los mismos”.

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El beneficiario deberá entregar al empleador una declaración jurada donde señale que el cuidado de sus hijos lo ejerce “sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta”. De esta manera, solo uno de los padres podrá funcionar de manera telemática.

También se señala que el trabajo a distancia se mantendrá vigente durante el periodo especial “salvo acuerdo de las partes” y que será “sin reducción de remuneraciones, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitieren y el o la trabajadora consintiere en ello”.

Revisa el dictamen a continuación:

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