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Salud y nueva Constitución: derechos, la arista mental y el futuro de isapres y clínicas

Los lineamientos del sistema público son la gran revolución de la propuesta. ¿Qué dicen los expertos? Hay debate sobre porvenir de los privados y la labor que deben tener en el nuevo formato, si se aprueba el texto en septiembre.

Sala de espera en hospital público. Jonnathan Oyarzun/Aton Chile
Sala de espera en hospital público. Jonnathan Oyarzun/Aton Chile Sala de espera en hospital público. Jonnathan Oyarzun/Aton Chile (JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE/JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE)

Artículo 44, extracto incisos 4, 5 y 8

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El Sistema Nacional de Salud es de carácter universal, público e integrado. Corresponde al Estado la regulación, supervisión y fiscalización de instituciones públicas y privadas (...) y velar por el desarrollo de las públicas.

Lo que se hable del sistema de salud en la propuesta ya genera debate. Dominnique Luan, investigadora del Centro de Estudios Constitucionales de Chile (Cecoch) de la U. de Talca, asegura que “no existe una norma uniforme para redactar constituciones. La Convención reguló lineamientos sobre los que el legislador trabajará en su creación, por lo que no parece ser impertinente”.

El doctor Gaspar Domínguez, exvicepresidente de la Convención y vocero de Salud del Comando del Apruebo, explica que “la Constitución actual también lo establece, mantuvimos la tradición y delineamos aspectos generales: carácter, principios y conformación general. No se entró en detalle”. Y aclara: “Cuando decimos público, es que la red esté a disposición de todas las personas”.

¿Críticas? El diputado republicano Agustín Romero, de la Comisión de Salud, expresa que “queda de manifiesto la opción ideológica de la izquierda, por sobre la libertad. Es insólito que una Constitución restrinja las alternativas para garantizar derechos”.

Gonzalo Simón, presidente de la Asociación de Isapres, agrega que “no hay cómo escoger en el caso de que las personas no estén satisfechas con lo que reciben”.

Artículo 44, inciso 9

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El Sistema es financiado con rentas generales. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias a empleadores y trabajadores con el solo objeto de aportar solidariamente. Un órgano público administrará los fondos.

¿Qué pasará con las isapres?

La investigadora Luan señala que “no necesariamente desaparecerían; sin embargo, su forma de operar deberá cambiar, puesto que las cotizaciones serían administradas por el órgano que cree la ley. Las isapres pueden seguir, pero financiadas por el afiliado”.

Gaspar Domínguez relata que la idea es “avanzar en disminuir las cotizaciones obligatorias”, pero no eliminarlas, por ahora. Esto lo apoya Jaime Mañalich, exministro de Salud de Sebastián Piñera, quien sabe que “no hay una recaudación tributaria suficiente”.

Desde la Asociación de Isapres, Gonzalo Simón dice: “En lugar de avanzar a que las personas tengan más libertad y acceso, se plantea un sistema obligatorio”.

El exconvencional Domínguez aclara que “el futuro de las aseguradoras privadas no está contenido en la norma constitucional. Dependerá de las definiciones de los inversionistas y los mercados, porque deberán operar sin las cotizaciones”.

En tanto, el diputado Romero (Rep.) no prevé bien el futuro, pues adelanta que “se podrán contratar seguros complementarios, pero solo quienes tengan más ingresos podrán optar por ellos, aumentando aún más las diferencias entre la salud de unos y otros”.

Artículo 44, inciso 7

El Sistema Nacional de Salud podrá estar integrado por prestadores públicos y privados. La ley determinará los requisitos y procedimientos para que prestadores privados puedan integrarse a este Sistema.

El inciso 7 de la propuesta afecta directamente la labor que tendrán instituciones privadas como las clínicas y centros médicos.

Dominnique Luan, desde la U. de Talca, comenta que “no debiesen observarse mayores cambios en lo relativo a la oferta de salud, tanto pública como privada, aunque se espera que la primera se extienda y aumente la cobertura de especialidades”.

“No se señala en el texto la prohibición de centros de salud privados. Se presume que quienes quieran atenderse en salud privada podrán hacerlo en una forma similar a como se hace actualmente con Fonasa y las clínicas”, complementa la experta del Cecoch.

Gaspar Domínguez opina que “hoy sabemos que en el sistema de salud, con los hospitales públicos no alcanza para dar las prestaciones que se requieren. Por eso es necesario incorporar a los prestadores privados, pero bajo reglas públicas, no solo para el que pueda pagar”.

Gonzalo Simón, líder de las isapres, declara que la propuesta no presenta novedad, “pues hoy el sistema ya puede estar integrado por entidades públicas y privadas. El 60% del financiamiento de los prestadores privados proviene de las isapres, por lo que el término del sistema va a impactar a las clínicas y centros médicos, en cantidad, recursos humanos y desarrollo tecnológico”.

El doctor Mañalich, exministro, tiene otro punto de vista. “Esa palabra ‘podrán’ me resulta compleja. La pandemia comprobó que la participación de privados no puede ser optativa, sino obligatoria. Aquí, con rango constitucional se garantiza a una institución privada que, si quiere, no atienda a beneficiarios de la red pública”.

Extractos artículos 44, 25 y 29

Toda persona tiene derecho a la salud, física y mental. Está prohibida la discriminación por (...) condición de salud mental o física. El Estado garantiza a las personas neurodivergentes a ejercer su capacidad jurídica.

La inclusión de la neurodivergencia se hizo especialmente pensando en personas del espectro autista.

El exconvencional y vocero en temas de Salud del Apruebo, Gaspar Domínguez, comparte el origen: “La Convención recibió a múltiples actores sociales que lo pedían”. Para su colega Jaime Mañalich, exministro de Salud, no era necesario. “Hubo buena intención, pero bastaba con la ley, porque aún no hay una sola definición de neurodiversidad”.

Sobre la importancia de incluir la salud mental en una Carta Magna, Domínguez dice que “como la Constitución está hecha para ser interpretada por jueces y legisladores, queda establecido que siempre la salud incluye la salud mental”. Además, termina con la discriminación que hacen prestadores de salud que cobran más a mujeres, adultos mayores, enfermos crónicos, entre los que están enfermos mentales.

Domínguez destaca que “se garantiza a las personas con discapacidad, que puede ser mental, tomar decisiones dentro de las capacidades que tengan”.

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