La Superintendencia de Salud emitió una circular para resguardar a los afiliados de las isapres, esto en medio de varios anuncios por parte de clínicas y prestadores de salud de términos en los convenios de pago entre las aseguradoras y los recintos.
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Cabe recordar que la situación se generó debido a deudas que acumulan las empresas con los prestadores, provocando que los pacientes, al no contar con el convenio, deban pagar su atención de forma particular y luego gestionar el reembolso en su respectiva isapre.
Ante una serie de denuncias, la superintendencia emitió la Circular N°413 para actualizar la normativa y que los afiliados no se vean afectados por los conflictos entre isapres y prestadores como clínicas, hospitales, laboratorios y otros.
“El término de estos convenios Isapre-Prestador ha cambiado la modalidad de pago, generando una serie de dificultades para las personas en un tema tan sensible como es el acceso a la salud”, advirtió el superintendente de Salud, Víctor Torres.
La autoridad apuntó que “debemos tener en cuenta que muchas personas contratan un plan de salud determinado en consideración a que este posee un convenio con un prestador de su preferencia, situación que hoy se ve afectada cuando se termina, suspende o modifica el respectivo convenio, dejando a las personas afiliadas en la total indefensión”.
De esta forma, destacó que la circular “establece la obligación de las isapres de otorgar financiamiento vía reembolso en caso de que el prestador no cobre de acuerdo al convenio, o este haya cesado, lo que resulta especialmente necesario, por ejemplo, cuando el prestador se niega a emitir y/o recibir bonos para otorgar las prestaciones”.
“También instruimos a la isapre que informe especialmente a la persona cómo podrá seguir accediendo a los beneficios en el o los prestadores en los cuales se atendía habitualmente y cuyos convenios fueron modificados o terminados. Por ejemplo, si podrá hacerlo a un precio o en un tipo de habitación distintos o solo por libre elección, etc.”, añadió.
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Finalmente, Torres resaltó que la circular permite a las isapres adecuar el plan cerrado o preferente, ya sea mediante un cambio al convenio o derechamente con el reemplazo del prestador con quien el contrato ha sido modificado, suspendido o terminado.
“Con esto estamos asegurando que las personas puedan seguir usando su plan de salud bajo las condiciones de otorgamiento de beneficios pactado en su respectivo contrato, lo que en algunos casos puede significar el cambio de su prestador habitual”, concluyó.