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Ya sabe...: “Ponerse nervioso” al ser fiscalizado por Carabineros es indicio para realizar control de identidad

Corte Suprema rechazó recurso de nulidad de un imputado, al que al momento en que Carabineros lo quiso fiscalizar, se le “trababa la lengua al hablar y le tiritaban las manos”.

Fuente: Aton Chile. (SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE/SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE)

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, que condenó al imputado a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas.

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El día 11 de noviembre de 2022, en horas de la tarde, en un sector de la comuna de Chiguayante, al imputado -que conducía un automóvil-, le fueron encontrados de 69 gramos brutos de cannabis sativa, dentro una bolsa de plástico transparente, al interior de una bolsa de cartón y una bolsa ziploc transparente, contenedora de 496 gramos brutos de cocaína base, droga que transportaba en el referido vehículo; por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad, sosteniendo que los funcionarios policiales señalaron que el imputado se encontraba nervioso, lo que se manifestaba en que se le “trababa la lengua al hablar y le tiritaban las manos”, circunstancias que pueden explicarse en el hecho que en una fiscalización vehicular -que fue como se inició el procedimiento-, se acercaron al vehículo cuatro Carabineros a fiscalizar, rodeándolo, por lo que es natural que se colocara nervioso, como cualquier otra persona.

De acuerdo a Diario Constitucional, se añadió un segundo hecho, que consistió en que el encartado habría “ocultado algo” debajo del asiento al acercarse los agentes policiales, lo que a juicio de la defensa no constituye un indicio, pues debe existir objetividad en la apreciación de la conducta que se analiza, siendo más bien esta actuación una conducta neutra, constituyendo una apreciación subjetiva que hacen los Carabineros, siendo imposible que supieran de antemano que era lo que guardaba; por lo que solicita la nulidad de la sentencia y la realización de un nuevo juicio ante tribunal no inhabilitado.

Tribunal desestimó recurso de nulidad

El máximo Tribunal desestimó el recurso de nulidad, luego de razonar que, “(…) Es en el control vehicular cuando aparece el indicio que permite llevar a cabo un control de identidad a su ocupante, consistente en la observación por parte de los agentes policiales de un excesivo nerviosismo del imputado al requerirle la documentación del móvil, lo que se manifestó en que se le trababa la lengua y le tiritaban sus manos, así como la tardanza en entregar dicha documentación, unido a la circunstancia que intentaba ocultar una bolsa que portaba debajo de su asiento; desplegándose en consecuencia las facultades autónomas previstas en el artículo 85 del Código Procesal Penal”.

En tal sentido el fallo puntualiza que, “(…) fue con ocasión de dicha actividad fiscalizadora que los funcionarios policiales observaron bolsas en el suelo del automóvil que fiscalizaron, que contenía unas sustancias que les pareció eran estupefacientes, lo que permitió que estuvieran en condiciones de presumir fundadamente que el acusado había cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta, o se disponía a cometerlo”.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad quedando a firme la condena impuesta.

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