En medio de la emergencia que ha causado el sistema frontal que afecta a la zona centro sur del país y ante el Estado de Catástrofe decretado por el Gobierno en la región de Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío, el director nacional del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), Andrés Herrera, se refirió a las obligaciones que tienen las empresas ante este tipo de situaciones de excepción.
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En este sentido, Herrera señaló que “la Ley del Consumidor protege a los consumidores frente a prácticas abusivas de los proveedores frente a situaciones como esta y en situaciones de normalidad. En este caso en particular, está tipificado en el código penal la adulteración fraudulenta de precios”.
Además, agregó que “el Estado de Excepción constitucional de Catástrofe también permite perseguir, por ejemplo, el acaparamiento de bienes de primera necesidad y también la manipulación de precios, sancionándolas con pena bastante altas”.
En este sentido, Andrés Herrera hizo un “llamado a los proveedores a no sacar provecho ni ventajas ilegítimas de este evento, que está afectando a miles de familias chilenas, que muchas de ellas lo han perdido todo. Es por eso que llamamos y apelamos a la responsabilidad de las empresas de no incurrir en prácticas que sean abusivas, ni menos aún, incurrir en delitos respecto de los productos que expendan a los consumidores”.
Denunciar
El director nacional del Sernac aprovechó la ocasión también para pedir a los consumidores que denuncien algunos de estos ilícitos, de manera que si detectan “alguna práctica o algún tipo de acaparamiento de bienes de primera necesidad, o manipulación fraudulenta de precios, hagan sus reclamos ante las plataformas del organismo, en donde van a ser recabados los antecedentes respectivos”.
En el organismo recordaron que incumplimiento de estas obligaciones están tipificadas como delitos en el Código Penal, agregando que cuando se decreta Estado de Catástrofe se permite perseguir y sancionar la adulteración fraudulenta de los precios, el acaparamiento de bienes de primera necesidad y la venta de alimentos riesgosos, con penas que van de los 61 días a 3 años de presidio.
Además, indicaron que “las modificaciones permiten incrementar la pena aplicable cuando el fraude recaiga sobre el precio de bienes o servicios de primera necesidad o de consumo masivo”.
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Por esta razón, desde el Sernac informaron que en caso de cualquier incumplimiento, se puede hacer la denuncia a través de los siguientes canales:
● Ingresando a SERNAC.cl con su Clave Única.
● Llamando gratis al 800 700 100.
● Acudiendo a las oficinas de atención de público de cada región.
● Visitando las plataformas municipales en convenio de la región.
Si el SERNAC detecta alguna de estas conductas, las denunciará al Ministerio Público o a la Autoridad Sanitaria, según corresponda,