El acuerdo se tomó en la sesión del 9 de julio pasado, instancia parlamentaria que contó con la participación de personal de la Policía de Investigaciones, el Ministerio Público y el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo, y donde se analizó el caso de la violación grupal en contra de una mujer en dependencias de la Casa Naranja, hecho que ocurrido el año 2021 en Calama.
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Según expresó la presidenta de la comisión investigadora por Agresiones Sexuales en el Deporte de la Cámara de Diputados, Marisela Santibáñez, el oficio busca que se pueda iniciar un proceso sancionatorio en contra de los dirigentes del club Cobreloa “Luis Fuentes, Marcelo Pérez, Eduardo Ramírez y Luis Vera” y “también al presidente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), Pablo Milad”, por el incumplimiento del decreto 22 de la Ley del Deporte, respecto de los protocolos para prevenir y sancionar delitos sexuales en la actividad deportiva.
Se evaluará
Durante su intervención, el presidente del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo, Eduardo Arévalo, aclaró que él no contaba con la facultad de decidir sobre el punto, sin embargo, se comprometió a que el tema sea analizado por el organismo.
En cuanto “al oficio que se dispuso para iniciar la investigación disciplinaria respecto a las responsabilidades dirigenciales en el caso de Cobreloa. Si bien es cierto yo no estoy facultado para tomar en este acto la decisión, sí se va a poner en discusión”.
Además, expresó “que los señores Milad, Pérez y compañia, ya señalaron que no les era aplicable el decreto 22. Por lo tanto, se va a realizar una discusión de orden jurídica para tomar la decisión y comenzar el procedimiento, para lo cual, vamos a tener que designar un fiscal ad hoc, que sea competente para investigar la situación y poder arribar a alguna decisión”.