Pasadas las 17 horas de este viernes ingresó al Complejo Penitenciario de Rancagua, Eduardo Macaya Zentelli, luego que el Tribunal Oral en lo Penal de San Fernando decretara su prisión preventiva, tras ser condenado a seis años por cuatro delitos de abuso sexual en contra de dos menores de edad
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La medida cautelar se decretó por parte del tribunal ante una posible fuga del empresario, ya que aún quedan recursos pendientes que la defensa puede invocar para eventualmente anular el juicio en contra del padre del senador y presidente de la UDI, Javier Macaya.
Macaya Zentelli llegó hasta la unidad penal en una camioneta 4x4 gris, acompañado por su esposa y otro familiar, con quienes ingresó hasta la cárcel custodiado por un gendarme.
Previo a que el vehículo ingresara al lugar, se pudo captar a Eduardo Macaya que iban sentado solo en la parte posterior de la camioneta, en medio de bolsas con frazadas y ropa, quien al ver las cámaras se encojió en el asiento tratando de evitar que lo grabaran.
Causa
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando condenó hoy a 6 años de presidio efectivo a Eduardo Juan Macaya Zentilli, en calidad de autor de cuatro delitos consumados de abuso sexual de menores de 14 años, cometidos en la comuna de Placilla.
En resolución unánime, los magistrados Marisol López y José Ruiz dieron por acreditado que Eduardo Macaya cometió dos de los ilícitos cuando una de las víctimas tenía 8 o 9 años de edad, en una fecha indeterminada, mientras que los otros dos respecto de la segunda víctima se perpetraron entre abril y mayo del año pasado.
En la lectura de sentencia, la jueza Marisol López señaló que “se rechazó la alegación de la defensa en relación a considerar que la declaración del ahora sentenciado haya sido una colaboración sustancial en el momento de dictar un veredicto condenatorio”, descartando que la declaración de Macaya Zentelli haya sido una colaboración para la causa.
Además, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando lo inhabilitó de forma perpetua para asumir cargos públicos y derechos políticos, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal y la inhabilitación absoluta para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.