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¿Deberá Manuel Monsalve pagar por su defensa?

Tanto el exsubsecretario del Interior como el juez de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa, optaron por ser representados por la Defensoría Penal Pública.

Defensoría Nacional Pública
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En diciembre pasado, la Defensoría Penal Pública asumió formalmente la representación legal del exsubsecretario Manuel Monsalve en la causa por violación en su contra, y recientemente, acaba de hacerlo respecto del juez de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa. Esto en la investigación penal que el Ministerio Público lleva en su contra por presunto tráfico de influencia en las nominaciones de jueces con el abogado Luis Hermosilla.

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Ambos decidieron no ser representados por un abogado privado y a cambio, aceptaron ser defendidos por profesionales que les brinda el Estado a través del organismo. Sin embargo, deberán desembolsar recursos para financiar su defensa, porque tal como explica la Defensora Nacional, Verónica Encina, “los servicios de la Defensoría Penal Pública son gratuitos para todas aquellas personas que enfrenten un proceso penal y no cuenten con los recursos para pagarlos. Ello se determina de acuerdo a su ficha social. Pero quienes tengan ingresos, deberán pagar el valor total o parcial del arancel de defensa penal que está establecido por resolución del Defensor o Defensora Nacional, con excepción de los adolescentes, quienes no pagarán el servicio, cualquiera sea su situación económica”.

Según detalla la Jefa Nacional de la Defensoría –quien asumió el cargo el pasado 1 de mayo- “la designación de un defensor penal público está amparada en la ley como una garantía de debido proceso para cualquier persona que enfrente un proceso penal. Por lo tanto, no opera la lógica de las defensas privadas en que una persona natural, designa a un abogado, lo contrata y paga honorarios por esos servicios”.

“En el caso de la Defensoría Penal Pública, basta que una persona no tenga defensor de confianza para que pueda solicitar al Estado que se le designe un defensor penal público para que asuma su representación”, agrega Encina, mencionando que “si esta persona, tuviera recursos económicos -como podría ocurrir en los casos del Juez Ulloa o Manuel Monsalve- a ellos se les cobraría por esos servicios, pero una vez finalizada la tramitación de la causa”.

En la misma línea, la Defensora Nacional recalca que, en este tipo de casos, al momento de asignársele un defensor penal público “se le advertirá que, dada su situación económica, el servicio no será gratuito, sino que deberá pagar por ello”, destacando que “el monto está previamente establecido en el arancel público, el que se determina según la forma de término de la causa, cuyo monto total o parcial se debe pagar según la ficha de protección social del patrocinado”.

Por último, Verónica Encina fue enfática en aclarar que la designación de los profesionales que asumen cada causa en particular, no es de preferencia del usuario, sino que es la Defensoría Penal Pública la que resuelve qué abogado asigna en base a turnos, a la complejidad del caso y a la carga de trabajo.

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