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Prisión preventiva para el profanador de tumbas del Cementerio General: Imputado arriesga 11 años de cárcel

Diego Soto Montero fue imputado como autor de los delitos de daños a monumento nacional, ultraje de tumba y cadáver.

Audiencia de formalizacion de Diego Soto Montero, el profanador de tumbas | 15 DE MAYO DEL 2025 / SANTIAGO
En el 3° Juzgado de Garantía se realiza la audiencia de formalización de Diego Soto Montero, acusado de vandalizar y profanar tumbas en el Cementerio General.
FOTO: VICTOR HUENANTE / AGENCIAUNO
Audiencia de formalizacion de Diego Soto Montero, el profanador de tumbas 15 DE MAYO DEL 2025 / SANTIAGO En el 3° Juzgado de Garantía se realiza la audiencia de formalización de Diego Soto Montero, acusado de vandalizar y profanar tumbas en el Cementerio General. FOTO: VICTOR HUENANTE / AGENCIAUNO (VICTOR HUENANTE/Victor Huenante)

Este jueves 15 de mayo, se realizó la jornada de formalización en contra de Diego Soto Montero, el joven de 25 años que fue grabado profanando tumbas en el Cementerio General, que incluyó el lugar de descanso de Ernestina Pérez, la segunda mujer de titularse como doctora en Chile y Sudamérica, y el mausoleo del exPresidente Salvador Allende.

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El día de ayer se logró la detención del sujeto, quien se encontraba en el Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak después de presentar lesiones autoinfligidas. De igual forma, se allanó el domicilio del hombre de nombre artístico “Madame Castel”.

Ante los hechos, el 3º Juzgado de Garantía de Santiago decretó la prisión preventiva de Diego Soto Montero, quien fue imputado como autor de los delitos de daños a monumento nacional, ultraje a tumba y cadáver, ilícitos perpetrados en el Cementerio General.

Tribunales determinó un plazo de investigación de 150 días. De acuerdo a lo consignado por Biobío, el imputado arriesga 11 años de cárcel.

Las declaraciones del fiscal

El medio citado recogió las declaraciones del fiscal Cristián Meneses de la Fiscalía Centro Norte, quien señaló que “se imputaron distintas figuras en contra del imputado: los delitos de ultraje tanto a cadáver como sepultura y también el delito de alteración o daño a monumentos nacionales“.

De igual forma, el persecutor comentó que el Ministerio Público se opuso a “cualquier tipo de planteamiento de alguna inimputabilidad por enajenación mental”. Esto se debe a que no existen antecedentes que respalden este argumento presentado.

El informe de la atención de urgencia inicial que se tuvo en el Hospital Horwitz (psiquiátrico), da cuenta una situación diametralmente distinta a la planteada por la defensa. Por lo tanto, el tribunal tampoco acogió esa solicitud, desechando la petición de la defensa de suspender el procedimiento por una eventual enajenación mental“, añadió el fiscal.

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