En junio de 2016 fue publicada en el Diario Oficial la Ley REP (de Responsabilidad Extendida del Productor) o Ley del Reciclaje, la cual tiene como objetivo establecer el marco normativo para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y el fomento al reciclaje. Con esto, se busca disminuir la generación de residuos, fomentar su reutilización u otro tipo de valorización, dándole la responsabilidad de esto -y su financiamiento- a los productores de los llamados productos prioritarios.
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O sea, el que contamina paga
La fiscalización de la REP está a cargo de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), mediante la revisión del cumplimiento de las metas de recolección y valorización de residuos de cada producto prioritario y las obligaciones asociadas, como, además, del funcionamiento del Sistema de Gestión, el cumplimiento de los deberes de información y otras obligaciones establecidas en la ley.
“Para este año, el foco de trabajo de la SMA está centrado en el desarrollo y habilitación de herramientas tecnológicas para la reportabilidad y trazabilidad de residuos, además, en la realización de reuniones y capacitaciones para asistir a los regulados en el cumplimiento normativo, en la fiscalización del programa 2025 y en la búsqueda de los eventuales elusores de la ley”, explicó la Superintendenta Marie Claude Plumer.

En el Día Mundial del Reciclaje, queremos entregarte 5 claves para entender esta ley:
- ¿Cómo funciona la Ley REP?
Los productores de “productos prioritarios” deben hacerse cargo de financiar Sistemas de Gestión para el transporte y tratamiento de los residuos según las metas definidas por el Ministerio del Medio Ambiente para cada producto prioritario, siguiendo el principio del que contamina paga.
- ¿A quiénes involucra la Ley REP?
- A los productores o importadores que introduzcan algún “producto prioritario” al país.
- A los Sistemas de Gestión, que corresponden a instituciones sin fines de lucro conformadas por productores de “productos prioritarios” que funcionan como un mecanismo instrumental para que los productores -individual o colectivamente- den cumplimiento a las obligaciones establecidas en la ley.
- A los gestores de residuos, quienes realizan cualquiera de las operaciones de manejo de residuos que se encuentran autorizadas y registradas.
- A los Consumidores, que son todos quienes generen un residuo de un “producto prioritario”.
- A los Consumidores industriales, que corresponde a cualquier establecimiento de carácter industrial que genere residuos de un producto prioritario.
- A las Municipalidades que funcionan como actores clave para celebrar convenios con los Sistemas de Gestión.
- ¿Cuáles son los productos prioritarios?
- Envases y embalajes
- Neumáticos
- Aceites lubricantes
- Baterías
- Aparatos eléctricos y electrónicos
- Pilas
- ¿Quién fiscaliza el cumplimiento de la Ley REP?
La Superintendencia del Medio Ambiente es el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de esta ley revisando que los productores de productos prioritarios den cumplimiento a las metas de recolección y valorización de los residuos que generan.
Para esto se fijó un programa de fiscalización priorizando la revisión de los informes finales ingresados en 2024 para reportar el cumplimiento de metas por parte de los productores de productos prioritarios.
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Además, se está llevando adelante otra línea de acción que apunta a buscar los elusores de esta ley.
- ¿Qué pasa si se detectan incumplimientos?
Los infractores de la Ley REP se exponen a las sanciones que puede ordenar la Superintendencia del Medio Ambiente de acuerdo con su ley orgánica, las que pueden llegar hasta las 10 mil UTA.