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Corte Suprema acoge amparo y revoca prisión preventiva de Carlos Contreras en arista Democracia Viva del caso Convenios

El máximo tribunal ordenó el arresto domiciliario total para el exseremi de Vivienda de Antofagasta.

CC
Carlos Contreras, exseremi de Vivienda de la Región de Antofagasta, imputado en la arista Democracia Viva del caso Convenios. (X)

La decisión fue adoptada este miércoles 9 de julio por la Segunda Sala de la Corte Suprema, luego que la defensa del exseremi de Vivienda de Antofagasta, Carlos Contreras, presentara un recurso de amparo para modificar la medida cautelar de prisión preventiva que pesaba en su contra desde hace más de un año.

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La acción judicial fue acogida por el máximo tribunal, que ordenó la liberación de uno de los principales imputados de la arista Democracia Viva del caso Convenios, quien quedó con la cautelar de arresto domiciliario total e investigado por tres delitos de fraude al Fisco.

Desde la Fiscalía han sostenido que Carlos Contreras en su calidad de seremi del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de Antofagasta, excediendo sus facultades, intervino para favorecer a la Fundación TomArte con la asignación de fondos para ejecutar obras menores en siete campamentos de la ciudad, que implicó $456 millones por convenios suscritos en septiembre de 2022.

Desaforada diputada Catalina Pérez

El pasado 20 de mayo, en tanto, la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó los argumentos de la Fiscalía que buscaban dejar en prisión preventiva a la desaforada diputada, Catalina Pérez, imputada por tres delitos de fraude al fisco en la misma causa.

De esta forma, la exmilitante del Frente Amplio se mantiene con arresto domiciliario total en la comuna de Pedro Aguirre Cerda.

En aquella resolución, el ministro presidente de la Segunda Sala del tribunal de alzada de Antofagasta, Dinko Franulic, argumentó que “no puede olvidarse que estamos frente a hechos graves, que hay peligro social y, por tanto, la seguridad de la sociedad debe también ser garantizada, apareciendo que la medida cautelar de privación domiciliaria total, que fue impuesta conjuntamente con los arraigos, son suficientes para estos fines”.

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