El Colegio Fraternidad, ubicado en San Pedro de la Paz, Región del Biobío, deberá abonar una multa de 75 UTM, equivalentes a aproximadamente $5,2 millones, tras una resolución judicial que confirma la sanción aplicada por la Superintendencia de Educación.
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La institución fue multada por impedir el acceso de alumnos que llegaban después de las 8:10 horas, dejándolos fuera sin supervisión.
La denuncia fue presentada por una apoderada el 1 de marzo del 2023, e indicaba que “a las 8:10 horas, la puerta de acceso principal fue cerrada y abierta nuevamente a las 8:20; período donde alumnos y apoderados habrían quedado a las afueras del colegio sin permitírseles el acceso”.
Según el colegio, los estudiantes que llegaron después de esa hora (8:10) permanecieron en el hall de acceso y fueron admitidos en el siguiente cambio de hora, a las 8:20 horas.
La Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Concepción ratificaron la decisión de la Superintendencia, desestimando los argumentos de los sostenedores del colegio, quienes alegaron que la multa carecía de sustento jurídico y se basaba en apreciaciones subjetivas. La Corte consideró que la medida era proporcional y adecuada para proteger los derechos de los estudiantes.
La sanción busca garantizar que las instituciones educativas respeten los derechos de los estudiantes y proporcionen un entorno seguro y supervisado, incluso para aquellos que llegan con retraso.