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El insólito caso del cargamento con 30 piernas humanas que lleva un año retenido en la bodega del Aeropuerto de Santiago

El cargamento de extremidades permanece guardado desde el 2024, ocasionando una disputa legal que mantiene enfrentados a una empresa privada y autoridades, que ahora llegaron hasta la Corte Suprema.

Aduana Aeropuerto de Santiago
Aduana Aeropuerto de Santiago

Dos cargamentos con 30 piernas humanas siguen retenidos en el Aeropuerto de Santiago desde septiembre de 2024. Las extremidades, enviadas desde Estados Unidos por el Centro de Entrenamiento Quirúrgico SpA., nunca lograron pasar la revisión de Aduanas debido a que la legislación chilena no permite la compra ni la venta de material cadavérico para fines docentes. La normativa en cuestión permite únicamente la donación de este tipo de elementos.

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Según informó El Mercurio, la empresa —que ofrece capacitación y perfeccionamiento a profesionales de la salud— recurrió a la justicia a través de un amparo económico ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Su argumento principal es que la negativa del Estado a liberar los cargamentos vulnera su derecho a desarrollar su actividad.

En su presentación, el centro de entrenamiento explicó que “debido a la escasez existente, y que solo puede conseguirse a través de programas de donaciones, este material biológico o material cadavérico humano se adquiere en el extranjero, cumpliendo todas las reglas sanitarias de origen”. Asimismo, recalcó que sus servicios están destinados a “establecimientos de educación superior, sociedades médicas, profesionales de la salud y empresas”.

Desde la compañía agregaron que la controversia impacta directamente en la formación de especialistas: “Este es un tema que afecta el acceso a la capacitación de médicos cirujanos en nuestro país” y aseguraron que están disponibles “para contribuir a la búsqueda o construcción de soluciones que permitan resolver este problema”.

La postura de la autoridad sanitaria

La Subsecretaría de Salud Pública respondió que en Chile solo es posible acceder a material cadavérico mediante donaciones, sin espacio para transacciones comerciales. En su aclaración, la autoridad detalló que los cuerpos o partes de ellos pueden obtenerse exclusivamente de cuatro formas: cuando una persona deja constancia notarial de su voluntad de donar; si la familia lo autoriza ante un ministro de fe; si el cuerpo no es reclamado en 24 horas desde un centro asistencial; o cuando permanece sin retiro en el Servicio Médico Legal tras 72 horas.

“La normativa no permite ninguna clase de gestión comercial”, insistieron, subrayando que la negativa a liberar las extremidades no constituye un cambio de criterio, sino “una corrección del procedimiento que no estaba siendo aplicado adecuadamente”.

Además, remarcaron que “ninguna de las regulaciones existentes permite expresamente la importación de partes de cadáveres provenientes desde el extranjero y que tengan por destino ser utilizadas para la docencia”.

El caso en tribunales

Tras la apelación del centro de entrenamiento, el caso llegó a la Corte Suprema, que deberá resolver si la empresa podrá finalmente acceder a las piernas humanas para sus programas de formación. Mientras tanto, los cargamentos permanecen almacenados en una bodega de Pudahuel, donde ya llevan casi un año.

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