El Servicio de Impuestos Internos (SII) reveló que tiene el ojo puesto sobre las transacciones que se realizan con criptomonedas, luego de fiscalizar 13 casos de criptoactivos, los que dieron un rendimiento total cercano a los 5 mil millones de pesos.
PUBLICIDAD
En concreto, de acuerdo a lo indicado por el SII este lunes 22 de septiembre, los 13 casos fiscalizados dieron un rendimiento total de $ 4.702.255.765, dinero que está vinculado a contribuyentes que reciben pagos por distintas prestaciones en criptomonedas y que no son incorporados en sus declaraciones de renta, o casos en los que el contribuyente no logró acreditar los costos asociados a las transacciones de criptomonedas que registra.
Según el SII, la dificultad para fiscalizar las operaciones con criptoactivos está en que tienen mecanismos de privacidad muy altos, lo que hace complejo identificar a los contribuyentes que están detrás de dichas operaciones.
Los casos fiscalizados por el SII
En ese contexto, el SII indicó que los 13 casos fiscalizados fueron detectados por a través de la verificación de diversas fuentes de información, como las declaraciones juradas 1891 presentadas por los proveedores de servicios de criptoactivos, las declaraciones de renta de los contribuyentes informados, las importaciones de equipos tecnológicos para realizar la minería de criptoactivos, además de fuentes públicas de información, entre otras.
Con el cruce de esta información se pudo identificar algunos casos de proveedores de minería de criptoactivos, exchanges (o servicios de intercambio) no formalizados, influencers dedicados al rubro de los criptoactivos, y contribuyentes que reciben ingresos por criptomonedas, los que no son declarados en su Formulario 22.
“En estos casos como Servicio emitimos las liquidaciones correspondientes a las diferencias de impuestos detectadas luego de verificar, mediante el uso de Big Data y la revisión de distintos Exchange (o proveedores de plataformas de criptoactivos) que se trataba de contribuyentes que contaban efectivamente con “billeteras” de criptomonedas y de esta forma, avanzar en la identificación del origen de los recursos mediante los cuales se adquirieron estos activos digitales”, explicó al respecto la Directora (S) del SII, Carolina Saravia.
Para evitar las evasiones, el SII publicó la Resolución Exenta N°113, la que estableció que las personas o entidades con residencia o domicilio en Chile, que operen como proveedores de servicios de activos digitales o criptoactivos (es decir, como intermediario de transacciones de criptomonedas) deberán presentar ante el SII la Declaración Jurada N°1963, denominada, “Declaración Jurada Anual sobre Activos Digitales Respecto de Contribuyentes con Residencia Tributaria en el Extranjero”.
PUBLICIDAD
A través de esta Declaración Jurada que deberá presentarse, por primera vez, hasta el 30 de junio de 2026, los proveedores de estos servicios deberán identificar a sus usuarios no residentes en Chile y reportar sobre transacciones especificadas, con el fin de asegurar el reporte anual de información fiscalmente relevante relacionada con operaciones mediante criptoactivos, información que será intercambiada automáticamente con las autoridades fiscales en que residen los usuarios de estos activos digitales.
¿Qué son los criptoactivos?
El SII indicó que los criptoactivos corresponden en términos generales a las criptomonedas, las que son activos digitales o virtuales, soportados en un registro digital único denominado blockchain, desreguladas y no controladas por un emisor central, cuyo precio está determinado por la oferta y la demanda. No se consideran en Chile como monedas de curso legal o como monedas extranjeras o divisas.
Estos valores pueden ser almacenados, intercambiados o transferidos a otros digitalmente. Por lo tanto, el término “criptoactivo” representa derechos sobre objetos de colección, juegos, obras de arte, bienes físicos o documentos financieros que puedan intercambiarse o transferirse a otras personas o entidades de forma digital.
En esa línea, el SII indicó que las ganancias obtenidas por la venta de criptomonedas “son rentas afectas a impuestos. La forma de declararlas dependerá de si el comprador es una persona natural (tributa solo por el Impuesto Global Complementario o adicional, según corresponda), o si las vende como una empresa”.