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Justicia ordenó pagar indemnización a persona que fue detenida y torturada durante la dictadura militar

El 13° Juzgado Civil de Santiago falló a favor de un hombre de 84 años que demandó al Fisco por perjuicios en juicio de hacienda.

13° Juzgado Civil de Santiago | Fuente: X @PJudicialChile
13° Juzgado Civil de Santiago Fuente: X @PJudicialChile

El 13° Juzgado Civil de Santiago ordenó la indemnización de una suma de $45 millones de pesos a un hombre que fue detenido y víctima de torturas hechas por agentes del Estado en los años 1973 y 1985, mientras Chile se encontraba bajo una dictadura militar.

Un hombre de 84 años demandó al Fisco de Chile por una indemnización de perjuicios en juicio de hacienda. Él ha sido reconocido por el Estado de Chile como víctima de prisión política y tortura.

Esto fue determinado por la Comisión Asesora Presidencial para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura, también conocida como “Comisión Valech II”, según lo que se lee en el fallo.

El fue detenido en tres ocasiones: dos en 1973, en donde fue consultado por “el alcalde de Renca, por militares, por la JAP, por el Almacén Popular, y por la mayoría de la información social y política que aparentaban desconocer". La primera llegó en octubre donde estuvo 10 días en la Comisaría de Renca, y otra ocurrió en diciembre.


Mientras que en el aniversario del Golpe de Estado en 1985, también fue detenido por Carabineros y fue trasladado a la Primera y Novena Comisaría de Santiago.

A esto se le suma que su esposa fue detenida en 1973 por 6 días con el fin de obtener información sobre su marido. Por aquello, “sufrió amenazas terribles y un daño psicológico que se mantuvo siempre", detalló el fallo.

La resolución del Juzgado

Considerando los hechos presentados, la magistrada María Eugenia Silva Pacheco rechazó las excepciones de reparación integral y prescripción deducidas por la parte demandada.

“Como se dijo, es un hecho establecido (...) que el actor está incluido en la nómina de personas reconocidas como víctimas por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura. De este modo, estas probanzas forman la convicción plena en esta magistrada en cuanto a la efectividad del daño padecido por el demandante consistente en tratos crueles e inhumanos que le ocasionaron un grave daño tanto físico como psicológico, luego de haber sido detenido y torturado por agentes del Estado, lo que provoca secuelas hasta el día de hoy”, señaló el fallo.

“En estas circunstancias, al encontrarse acreditado el ilícito, la responsabilidad del Estado y la circunstancia de que la detención y tortura de la víctima, la que no habría tenido lugar si la intervención de funcionarios estatales no se hubiera producido, ha quedada acreditada la responsabilidad del Estado de Chile en estos hechos”, continuó.

Con respecto a la resolución que “si bien la privación de libertad y tortura, en el contexto que se ha reseñado resulta difícil de calcular y cuantificar, se hace necesario a fin de analizar la severidad del sufrimiento padecido, tomar en cuenta las circunstancias específicas de cada caso, teniendo presente para ello las características del trato, tales como la duración, el método utilizado o el modo en que fueron infligidos los padecimientos, los apremios físicos y mentales que estos pueden causar”.

Las afectaciones que acreditan la existencia de un daño moral, producido por los actos reiterados ya mencionados, sumado al periodo en que la afectada se mantuvo privada de libertad. Atendida la gravedad y extensión de los hechos acaecidos que afectaron al actor, se estima prudencialmente tasar el referido daño moral en la suma de $45.000.000 (cuarenta y cinco millones de pesos) suma que resulta acorde con la gravedad de los hechos acreditados”.

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