La Sala del Senado otorgó un amplio respaldo al proyecto que busca prohibir el uso de dispositivos digitales de comunicación personal en los niveles parvulario, básico y medio de los establecimientos educacionales del país. Con esta aprobación, la iniciativa quedó lista para cumplir su tercer trámite legislativo en la Cámara de Diputadas y Diputados.
La votación ratificó las modificaciones introducidas por la Comisión de Educación, que ampliaron la restricción a todos los niveles educativos y establecieron excepciones específicas, como situaciones de salud, emergencias o catástrofes. Además, el texto fija derechos y deberes para los distintos integrantes de la comunidad educativa y dispone que la normativa comenzará a regir a partir de 2026.
El presidente de la Comisión de Educación, senador Gustavo Sanhueza, detalló ante la Sala los ajustes realizados a la propuesta, la cual se originó en siete mociones refundidas. Entre los cambios, se incorpora el deber de madres, padres y apoderados de supervisar y acompañar el uso de dispositivos móviles fuera del horario escolar, así como asumir la responsabilidad frente a un uso indebido por parte de los estudiantes.
La iniciativa también establece que el sistema educativo deberá promover el uso responsable y seguro del contenido digital y de las tecnologías asociadas durante el proceso formativo. En particular, se enfatiza el desarrollo de competencias vinculadas a la información, la comunicación y la conectividad digital, buscando equilibrar la restricción de dispositivos con una formación adecuada para la era tecnológica.

La prohibición
El proyecto aprobado establece la prohibición del uso de dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal en los establecimientos educacionales que imparten niveles de educación parvularia, básica o media, estableciendo las siguientes excepciones.
- Si el estudiante presenta necesidades educativas especiales respecto de las cuales el uso adecuado de estos dispositivos móviles se considera como una ayuda técnica al servicio de sus aprendizajes
- Si existe una situación de emergencia, desastre o catástrofe
- Si el estudiante presenta una enfermedad o condición de salud, diagnosticada por un médico, que requiera monitoreo periódico a través de dispositivos móviles.
- Si la utilización de estos dispositivos móviles es útil para la enseñanza en función de la naturaleza de la actividad curricular o extracurricular en los establecimientos educacionales que imparten educación básica o media.
- Si el padre, madre o apoderado lo solicita fundadamente y de forma temporal, solo por razones de seguridad personal o familiar del estudiante.
La prohibición de uso de dispositivos móviles se aplicará durante el desarrollo de actividades curriculares dentro de la sala de clases y se extenderá a todos los integrantes de la comunidad educativa, salvo en los casos excepcionales.
No obstante, se establece que en el nivel de educación media, los reglamentos de los establecimientos educacionales podrán disponer espacios, horarios o actividades específicas en que la utilización de dispositivos móviles esté autorizada, atendiendo a la autonomía progresiva de los alumnos.
Finalmente se considera una disposición transitoria que señala que los dispuesto en esta iniciativa entrará en vigencia al inicio del año escolar 2026 y que los establecimientos que imparten educación parvularia, básica y media tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2026 para la actualización de sus reglamentos internos.

