El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) abordó las dudas surgidas luego de que diputados de Renovación Nacional ingresaran un requerimiento ante la Contraloría General de la República para revisar la legalidad de la orden de expropiación de parte de los terrenos del mega asentamiento Cerro Centinela, en San Antonio, en la Región de Valparaíso.
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La cartera reafirmó su “total respeto por la institucionalidad” y precisó que la potestad de expropiar está establecida en la Constitución, cuyo artículo 19 N° 24 autoriza este tipo de medidas siempre que persigan un fin público y cuenten con respaldo legal. Además, recordó que el procedimiento debe ajustarse al Decreto Ley 2.186 de 1978, que regula la tramitación de las expropiaciones y garantiza el pago de una indemnización en efectivo.
En cuanto a la competencia del Minvu, el ministerio subrayó que la Ley 16.391 y diversos decretos posteriores asignan a la institución —y a los Serviu— la responsabilidad de ejecutar políticas habitacionales, incluyendo la adquisición, subdivisión y urbanización de terrenos, así como la radicación o erradicación de campamentos. El artículo 51 de esa misma ley faculta explícitamente a los Serviu para expropiar terrenos con el fin de implementar programas habitacionales aprobados por decreto.
“El fallo debe cumplirse”
El caso de Cerro Centinela, donde residen más de 11 mil personas inscritas en el catastro del Minvu 2024, fue descrito como una situación de “urgente necesidad habitacional”. El ministerio enfatizó que la expropiación no busca impedir el cumplimiento de la sentencia judicial que ordena el desalojo, sino que responde a la obligación del Estado de implementar soluciones habitacionales y urbanas en un contexto excepcional por la magnitud del asentamiento.
“El fallo debe cumplirse, pero ello no anula la utilidad pública ni la facultad expropiatoria del Serviu”, indicaron. En ese marco, el Gobierno ya presentó a la Corte de Apelaciones de Valparaíso el plan de desalojo, e informó que se procederá a la expropiación parcial del terreno.
El Minvu también recordó que tanto propietarios como Serviu podrán ejercer los recursos que la ley contempla durante el proceso, y que una comisión de expertos determinará el monto de indemnización provisional. Si los dueños estiman afectación patrimonial, podrán acudir a los tribunales competentes.
Finalmente, la cartera llamó a evitar “la polarización y el escalamiento del conflicto”, asegurando que se trabajará en todas las instancias necesarias para fundamentar técnica y jurídicamente la medida, con el objetivo de cumplir el fallo judicial y avanzar en una solución “equilibrada y acorde a la legalidad” para un problema “complejo y multidimensional”.

