Ariel Wolfenson Rivas, quien se presenta públicamente como “el mejor abogado de Chile” y mantiene una activa presencia en redes sociales, enfrentó un revés judicial luego de que la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazara el recurso de protección que interpuso contra Canal 13, el Colegio de Abogados y otros involucrados.
La acción judicial se originó a raíz de un reportaje emitido por Teletrece, en el cual se expusieron antecedentes vinculados a su ejercicio profesional. Tras la difusión del reportaje, Wolfenson alegó haber sufrido daño emocional y psicológico, afectación a su honra y prestigio profesional, además de un supuesto “linchamiento mediático”.
La Corte, sin embargo, rechazó íntegramente la presentación. El fallo fue concluyente: “Se rechaza, con costas, la acción de protección”.
Los antecedentes expuestos en el reportaje
El reportaje abordó diversos elementos asociados a la imagen pública que el abogado proyecta en plataformas digitales, incluyendo la exhibición de autos de lujo, viajes internacionales y la reiteración de la frase “el mejor abogado de Chile”.
Asimismo, la pieza periodística dio cuenta de situaciones relacionadas con su actividad profesional, como la presencia de abogados anunciados en su sitio web que no figuran en el sistema judicial, denuncias ante el Colegio de Abogados y la existencia de una querella penal presentada por un cliente.
Estos contenidos motivaron la acción judicial de Wolfenson, quien sostuvo que el reportaje vulneró derechos fundamentales y lo presentó de manera negativa ante la opinión pública.
Evaluación del daño emocional y la honra
En su análisis, la Corte abordó el supuesto daño emocional alegado por el abogado. Al respecto, señaló que el reportaje se limitó a exponer hechos objetivos. Según el fallo, estos antecedentes, “aunque puedan causar disgusto al recurrente abogado, por un lado, son ciertos y, por otra parte, son de frecuente ocurrencia entre letrados que litigan en tribunales”.
El tribunal también descartó que el reportaje lo haya presentado como un delincuente. En ese sentido, precisó que “el medio de comunicación no ha decidido la responsabilidad penal y/o civil del recurrente, simplemente se ha limitado a señalar que en contra del abogado existe una querella y cuatro denuncias en el Colegio de Abogados”.
Presunción de inocencia y perjuicio profesional
Otro de los ejes del recurso fue la supuesta vulneración de la presunción de inocencia. La Corte fue explícita al señalar que dicho principio no fue afectado: “La presunción de inocencia como regla de trato respecto del recurrente abogado sigue incólume y solo decaerá (…) si es que en el futuro aquel resultara condenado mediante sentencia firme”.
Respecto del daño a su prestigio profesional y eventual pérdida de clientela, el fallo indicó que estos perjuicios no se presumen ni se acreditan mediante afirmaciones generales. Además, señaló que no es posible determinar cuántas personas vieron el reportaje ni “cuántas de ellas (…) declinaron o no de visitar las oficinas del letrado”.
Interés público y rechazo definitivo
Finalmente, la Corte destacó que el reportaje abordó hechos de interés público, relacionados con el ejercicio de una profesión regulada y con una persona de alta exposición mediática. Concluyó que la pieza periodística no fue ilegal ni arbitraria y que el recurso de protección no puede utilizarse para censurar investigaciones periodísticas.
Es así que con esos fundamentos, el tribunal rechazó el recurso y condenó al abogado al pago de las costas del proceso judicial.
