La Superintendencia de Educación determinó que los colegios particulares pagados también deberán aplicar el procedimiento de Aula Segura cuando impongan suspensiones cautelares a estudiantes por faltas graves, como daños a la integridad física o psicológica de miembros de la comunidad escolar.
De acuerdo a lo que informa La Tercera, esta obligación se establece en el nuevo dictamen publicado el 19 de diciembre, que unifica el tratamiento de estos casos con el de los establecimientos subvencionados y estatales, eliminando diferencias en las reglas disciplinarias.
Tratos desiguales
Antes, la normativa vigente permitía a los colegios pagados suspender preventivamente a un alumno durante un proceso de expulsión sin seguir un procedimiento común, lo que, según la Superintendencia, generaba incertidumbre y tratos desiguales entre estudiantes según el tipo de establecimiento.
“No se advierten motivos razonables para comprender que la diferencia en la fuente de financiamiento entre unos y otros permita hacer distinciones en el ejercicio de los derechos de los estudiantes que se verán afectados por aquella medida”, dice el dictamen.
Con esta modificación, cualquier colegio que suspenda precautoriamente a un alumno deberá aplicar el procedimiento abreviado de Aula Segura, que incluye plazos definidos y el respeto al derecho de defensa, aun cuando sus reglamentos internos aún no estén actualizados.
La entidad fiscalizadora también aprobó una circular con instrucciones para la aplicación de medidas formativas y disciplinarias en los reglamentos internos de los establecimientos de educación básica y media, que empezará a regir con el inicio del año escolar 2026, aunque las instituciones tendrán hasta el 30 de junio para adaptar sus normas.
