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Isapres iniciarán devolución masiva de excedentes de cotización a fines de enero

Este proceso incluye dos tipos de pagos: los excedentes generados por el proceso anual y la devolución de cobros en exceso por aplicación de la Tabla Única de Factores.

A finales de enero de 2026, se realizará la devolución masiva de los saldos de excedentes de cotización, afectos de devolución del 31 de diciembre de 2025, de acuerdo a lo establecido en la Circular IF/N°344 de la Superintendencia de Salud (SIS).

En este proceso, se incluirán las devoluciones de los excedentes correspondientes a aquellos originados por la aplicación de la Tabla Única de Factores (TUF), ordenada por la Corte Suprema en noviembre de 2022, las que deberán ser restituidas de acuerdo al plan de pago y ajustes.

¿Qué son los excedentes?

Los excedentes de cotización en Isapre se originan cuando la cotización legal obligatoria del 7% del afiliado/a supera el valor convenido en el contrato de salud, denominada también “cotización pactada”.

¿Por qué se devuelven?

Los excedentes acumulados pertenecen al afiliado/a y, según la normativa, las isapres deben devolverlos anualmente si no han sido utilizados en copagos o prestaciones adicionales.


¿En qué consiste el proceso anual de excedentes?

La Isapre devuelve anualmente en dinero los excedentes que se generan producto del valor de los planes de salud. Es decir, el proceso corresponde a la diferencia que se genera entre el costo del contrato de salud de cada afiliado o afiliada y la cotización legal obligatoria del 7% del sueldo.

Antes de la entrada en vigencia de la Ley Corta (21.674), publicada en mayo de 2024, era posible contratar un plan que costara menos de este 7%, por lo que la diferencia se acumulaba como excedente en la cuenta del cotizante.

La normativa estableció que, al momento de la contratación de un plan de salud, ya no se pueden ofrecer planes cuyos precios sean inferiores al valor de la cotización legal para salud de las y los afiliados.

Para aquellas personas con planes contratados antes de septiembre de 2024 y cuyo valor genere un monto de excedentes superior al 5% de la cotización legal, la isapre está obligada a ofrecer la incorporación de nuevos beneficios o planes de salud alternativos durante las adecuaciones anuales. Lo anterior, sin tener en consideración el estado de salud del cotizante y sus beneficiarios.

Además, se instruye que para aquellos que aún no hayan aceptado las propuestas voluntarias de un plan ajustado al 7%, mientras no se suscriba un nuevo plan cuyo precio mejor se aproxime al valor de su cotización legal, toda diferencia superior al 5% de la cotización legal no generará excedentes.

“En pocas palabras, la Ley Corta de Isapres no eliminó los excedentes. Aunque sí puso ciertos límites para su acumulación, estos pueden seguir generándose por diversas razones, como si se retiran cargas del plan de salud, si hay un aumento de sueldo, con lo cual el 7% de cotización legal aumenta, si se recibe un bono de desempeño, y siempre podrán generarse excedentes", ha explicado el Superintendente de Salud, Dr. Víctor Torres, sobre este proceso.

Las fechas de pagos informadas por las isapres son las siguientes:

Devolución de excedentes
Devolución de excedentes Captura

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